¿Qué es el laicismo?
La
laicidad del Estado y de sus instituciones es ante todo un principio
de concordia de todos los seres humanos fundado sobre lo
que los une, y no sobre lo que los separa. Este principio se realiza a través
de los dispositivos jurídicos de la separación del Estado y
las distintas instituciones religiosas, agnósticas o ateas y la neutralidad del
Estado con respecto a las diferentes opciones de conciencia particulares.
Puede
definirse la laicidad como un
régimen social de convivencia, cuyas instituciones políticas
están legitimadas por la
soberanía popular y no por elementos religiosos o convicciones particulares.
Si
la laicidad designa
el estado ideal de emancipación mutua de las instituciones religiosas y el
Estado, el laicismo evoca
el movimiento histórico de reivindicación de esta emancipación laica. La
laicidad pretende un orden político al servicio de los ciudadanos, en su
condición de tales y no de sus identidades étnicas, nacionales, religiosas,…
El
término laicidad viene
del vocablo griego laos,
que designa al pueblo entendido como unidad indivisible, referencia última de
todas las decisiones que se tomaban por el bien común. El laicismo recoge ese ideal
universalista de organización de la ciudad y el dispositivo jurídico que se
funda y se realiza sobre su base.
El laicismo como
afirma Henri Peña-Ruiz:
«Es la palabra para referirse al ideal de emancipación de
la esfera pública con respecto a cualquier poder religioso o, en un sentido más
amplio de toda tutela del Estado que, siendo democrático, ha de ser de todos y no sólo de algunos.»
LOS PILARES DEL LAICISMO
La
laicidad descansa en tres pilares:
· La libertad de conciencia,
lo que significa el derecho de
cada persona de tener sus propias convicciones
o creencias, sean religiosas
o no.
· La igualdad de derechos,
que impide todo privilegio público de la religión, del ateísmo o de cualquier
otra convicción, atendiendo siempre al interés general.
· La universalidad de la acción pública,
esto es, sin discriminación de ningún tipo.
Libertad de
conciencia, la conciencia es
naturalmente libre para adherirse a cualquier convicción o creencia; ya sea
creyente, agnóstica o atea, o para no adherirse a ninguna o cambiar de opción
cuando quiera (la apostasía es un derecho que ha de ser garantizado por el
Estado).
· Separación del Estado y las confesiones
religiosas, lo que implica la clara distinción entre el ámbito
público y el privado, y la estricta separación entre la política y las religiones
u otros particularismos.
· Igualdad de trato de todos los ciudadanos y
ciudadanas, la neutralidad del Estado laico exige que ninguna
opción particular (religiosa o no) sea discriminada ni positiva ni
negativamente. No caben los privilegios públicos de una opción cualquiera en un
Estado laico. Solo así se garantiza la igual consideración de todos los
individuos como ciudadanos libres.
· La búsqueda del bien común como única razón de
ser del Estado, los griegos llamaban “koinonía” al
principio según el cual el ejercicio de la ciudadanía debía tener como único
referente el bien común (koinon), poniendo entre paréntesis
los intereses privados. El Estado laico tiene como referencia la universalidad
del bien común. No es legítima la financiación pública de las creencias
particulares, que debe destinarse única y exclusivamente a lo que es de interés
general. El laicismo se compromete así con la defensa de los servicios
públicos, es decir, la utilización del presupuesto público para aquellos
servicios que son de interés general (educación, sanidad, etc.).
El laicismo
no es antirreligioso, pues ello iría
en contra del principio de la libertad de conciencia que anima el ideal laico.
Tampoco es esencialmente anticlerical, si por ello se entiende una oposición frontal
al ejercicio de las funciones del clero.
· Laicismo no es ateísmo o agnosticismo,
el laicismo busca una forma de convivencia institucional, una organización
política de la sociedad, mientras el ateismo o el agnosticismo son
cosmovisiones en las que dios no se incluye.
· Religión no es lo mismo que clericalismo,
el “clericalismo”, frente al cual lucha el movimiento
laicista, es la ilegítima deriva política de la religión, es decir, la
pretensión de dominación de una opción espiritual particular sobre la esfera
pública. El laicismo no es anticlerical cuando el clero desempeña su papel
dentro de los límites de su comunidad religiosa; pero se vuelve anticlerical,
en virtud de sus principios, cuando el clero traspasa los límites de su
comunidad religiosa e intenta imponer una cierta concepción de la ley (común) a
partir de una cierta concepción de la fe (particular).
· Defender
la libertad de conciencia y la tolerancia que de ella se deriva no es ser
relativista, la neutralidad del Estado laico no implica la
relatividad de los valores morales (relativismo), y mucho menos ausencia de
valores (nihilismo). Precisamente, el laicismo asume la salvaguarda y la
garantía de valores morales fuertes, pero no son valores particulares que
provienen de una matriz particularista, sino valores universales, cuya raíz
está en los derechos humanos (libertad de conciencia, autonomía moral, igualdad
entre el hombre y la mujer, dignidad de las distintas orientaciones sexuales,
libertad a la hora de decidir sobre la interrupción voluntaria del embarazo,
etc.). Quienes desde sectores clericales se arrogan el papel de guardianes de
la moral tienden a negar la validez universal de los valores morales que
defiende el laicismo.
· La lucha por el laicismo es la lucha por la
emancipación de las conciencias, pero esta lucha estará
inacabada mientras una religión o convicción particular siga gozando de
privilegios o prerrogativas ilegítimas en el ámbito público en general y de
forma especial en el ámbito escolar. Por eso, el laicismo reclama la separación
del Estado y de las Iglesias, del poder político y de las instituciones
religiosas, así como la abolición de todo tutelaje de la conciencia humana,
como condición de posibilidad para la emancipación del ser humano. De ahí su
especial relación con la racionalidad y el libre pensamiento.
No hay comentarios:
Publicar un comentario