Ciudadano antiguo
y ciudadano moderno. La isocracia ateniense frente a la democracia ilustrada.
Ciudadanía y ciudadano son términos
fácilmente comprensibles en nuestros días. Todos, de una forma u otra
entendemos que la ciudadanía es la pertenencia de un individuo a una comunidad de
ciudadanos, a un Estado, otorgada según el lugar de
nacimiento o adquirida con los años por alguna causa (por
migración o parentesco familiar por ejemplo). Esta ciudadanía implica
unos derechos (por ejemplo el acceso a la sanidad y
educación estatal en algunos países) y unos deberes (sometimiento
a las leyes estatales).
Entendemos que la ciudadanía está
intrínsecamente ligada al derecho a voto: no se entiende un Estado moderno
sin el derecho a voto, que es característica indispensable del sistema democrático.
Sin embargo a la hora de explicar
esta relación ciudadanía-voto y la importancia del concepto ciudadano en el
modelo democrático, el asunto se complica: nos encontramos sistemas
democráticos donde este derecho y esta ciudadanía se aplica de forma diferente,
con gobiernos donde el sistema sanitario se aplica de forma más
igualitaria o menos, donde los derechos ciudadanos están más o menos
restringidos o el voto se realiza por sufragio censitario, universal o
indirecto. En una época en la que la democracia está en boca día tras día
y estos términos no nos resultan ajenos pero quizás confusos, en este artículo
haremos reflexión del concepto ciudadano y su relación con el derecho de voto en el
marco de un sistema democrático.
Lejos de pretender hacer un repaso
histórico sobre la evolución de la democracia, algo que se puede encontrar
fácilmente en la mayoría de libros sobre el tema y webs de referencia, nos
detendremos en dos momentos determinados de la historia: la
democracia ateniense y la democracia ilustrada para examinar
su cercanía o lejanía con lo que hoy entendemos por ciudadano y lo que
escuchamos o leemos día tras día sobre la democracia.
Adentrándonos primero en la democracia
ateniense conviene advertir que vamos a generalizar para
un periodo amplio, utilizando a lo que conocemos como «Atenas
democrática» como referente, pero debemos tener en cuenta
que dentro de este periodo (desde las reformas de Clístenes hasta
el imperialismo ateniense fundamentalmente)
encontramos varias reformas que cambian el sistema. Para ello nos resulta más
apropiado hablar del sistema isocrático («gobierno
de los iguales») que de sistema democrático ya que, aparte
de las implicaciones actuales, este último término tiene orígenes más confusos:
Se discute si la raíz «demos» hace
alusión directamente al pueblo o, tal cual nos indica Plutarco citando
las reformas de Teseo, a la unión de los demiurgos (artesanos) y
los geomoros (campesinos), generalmente en oposición
a los eupátridas (nobles), formando así las tres clases
sociales de Teseo, mítico monarca ateniense.
Siguiendo esta idea la
democracia sería la lucha política entre los dos primeros sobre los
segundos -excluyendo en esta lucha a las clases no
ciudadanas como los metecos y los esclavos- como
defiende la historiografía marxista (por ejemplo: Engels), en
lugar del sistema «igualitario» que sí significa la isocracia,
el sistema más o menos continuado que gobierna en Atenas desde las reformas de
Solón y Clístenes. Esta isocracia permite a cualquier
ciudadano ejercer un cargo público en la polis (ciudad-estado) y ejercer
el derecho a voto. Atenas -y los gobiernos isocráticos
grecolatinos- será gobernada por una mezcla de demiurgos, geomoros y
eupátridas aunque lejos de la idílica idea que tenemos sobre
la democracia griega conviene matizar algunos aspectos de esta forma de
gobierno.
El sistema isocrático se
basa en una ciudadanía exclusiva basada en los hombres varones nacidos de
padres ciudadanos -salvo concesiones de ciudadanía por el
Estado-, caso común a todos los sistemas de gobierno similares de la antigüedad
como ya tuvimos ocasión de ver para el caso romano al estudiar las clases
socio-juridicas en Descifrando epígrafes romanos I.
Por ejemplo, las cifras en la Atenas
del siglo IV a.C. nos aportan unos datos de entre
250.000 y 300.000 habitantes, de los cuales solo 30.000
-varones adultos y ciudadanos- tendrían derecho a voto y a ocupar los cargos
públicos del Estado. El resto de la población lo
compondrían las mujeres y los niños (con ciudadanía
ateniense o sin ella pero en cualquier caso sin derecho de participación en los
asuntos de la polis), los esclavos (que podría ser un tercio
de la población), los metecos, extranjeros
libres (generalmente griegos de otra Polis con derechos y deberes especiales
por tener residencia en la ciudad pero sin derechos ciudadanos por mucha
influencia que tuviesen) y los thetes, ciudadanos pero de baja condición
socio-económica de forma similar a los proletarii romanos.
De estos 30.000 ciudadanos con derecho a los asuntos públicos, entre los cuales
habría personas de condición social muy diferente (geomoros,
demiurgos y eupátridas, recordemos), cualquiera podía ocupar
cargo público en las diferentes magistraturas, cobrar un sueldo por ello (algo
que no ocurría en Roma) y debía rendir cuentas de su gestión al finalizar.
Este sistema, en palabras de Aristóteles, garantizaba la igualdad en el
poder (isocracia), ante la ley (isonmía) y
de participación en las asambleas (isegoría). Hay
que señalar sobre este último punto que en la Asamblea ateniense (Ekklesía) podía
participar cualquier ciudadano -varón adulto- sin
necesidad de elecciones.
Restos del Bouleterion de Atenas. Lugar de reunión del
Consejo de los 500.
¿Garantizaba este sistema la
igualdad democrática? ya hemos
visto que se trata de una ciudadanía exclusiva a determinadas capas de la
población pero ciñéndonos a ello y profundizando en ella nos encontramos el
hecho de que determinados cargos públicos de relevancia eran ocupados
sistemáticamente por familias de eupátridas en base a su mayor influencia y
potencial económico para conseguir el puesto y encargarse
del mismo y que determinados sectores de la ciudadanía estaban excluidos del
gobierno de la polis. Así, nos encontramos dos
tipos de elecciones para las magistraturas de la polis:
Para ocupar los
cargos de la Boulè (el Consejo de los 500), la Helialía o Dikasteria (tribunales)
y el Arcontado se utilizaba una designación por sorteo.
Sobre los dos
primeros casos, el sorteo era directo entre todos los ciudadanos de las tres primeras
clases censales: pentakosiomedimnoi (capaces de producir 500
medidas de grano, vino o aceite al año), hippeis (capaces
de costear y mantener un caballo) y zeugitai (capaces
de producir 200 medidas y costearse el equipo de hoplita).
La clase de
los thetes, los más desfavorecidos, no
pudieron ocupar ningún cargo público hasta las mencionadas reformas de Pericles
que les permitieron el acceso a la Boulè.
Una vez elegidos
los miembros del Consejo de los 500 tenían funciones diplomáticas, de organización
de las reuniones y decisiones de la Ekklesia (a
la que como vimos podía acudir y hablar cualquier ciudadano), custodia
de archivos, obras públicas… y se organizaban en grupos de 50 individuos con
los más experimentados al frente.
La Helialía
se constituía en tribunales.
El Arcontado, por contra, había sido ocupado en
exclusiva por miembros de la nobleza (eupátridas) hasta las reformas de Clístenes (donde
empiezan a perder poder y funciones) y debían cumplir un examen previo
que nos resulta curioso:
<<¿Quién es tu padre, y de qué demo proviene?,
¿quién fue padre de tu padre?, ¿quién tu madre?, ¿quién fue padre de tu madre,
y en qué demo tuvo su origen?. ¿Posees un santuario de
Apolo legado por tus ancestros, y un Zeus que proteja tu hogar?, ¿dónde están
sus santuarios?. ¿Tienes un mausoleo donde repose tu familia?, ¿dónde se
encuentra?. ¿Tratas con el debido respeto a tus padres, y cumples con las
obligaciones pecuniarias y militares que el estado impone?>> Aristóteles,
Constitución de los atenienses 55.3.
Como vemos en el
texto de Aristóteles, lo que se busca en este examen previo no es si la persona es
competente o no para el cargo, sino lo que en Roma conocemos como dignitas,
los valores morales y la influencia de los antepasados. Alguien
que no tuviese fama de ser una persona acorde a los valores y las tradiciones
atenienses no podía ocupar el Arcontado. Los arcontes perderán poder con
la apertura del cargo a geomoros y demiurgos (excluyendo
a la clase censal de los thetes) y una vez seleccionados los candidatos, se procedía al sorteo y
los nombrados pasaban a ejercer tareas religiosas y de revisión de algunos
casos para los tribunales.
En cuanto a la
elección por voto ésta se restringía a unos 100 individuos que debían de
ocupar los cargos destacados de la polis: el control de las grandes finanzas
del Estado y sobretodo los 10 strategoi, los cargos
más influyentes y prestigiosos. Permitían el control
del ejército (fundamentalmente formado por los zeugitai hoplitas
como infantería y los hippeis como caballería) y
la flota (a la que se adscribían los thetes como
marinos-remeros al no necesitar equipamiento ni formación militar) y por
ello no podía ser ocupado por un ciudadano de pocos recursos ni
experiencia militar, era exclusivo de ciudadanos con una posición relevante
dentro de la polis, tanto económica como social.
El cargo de estratega no estaba remunerado,
si cumplía con éxito sus obligaciones -bajo el teórico control de la Asamblea
de ciudadanos- ganaban prestigio e influencia así como los beneficios
económicos que pudieran obtener de la guerra de forma similar, aunque peor
conocida, al consulado y pretorado romano.
Visto esto, en
el sistema iscocrático ateniense tenemos un
gobierno donde la Asamblea de ciudadanos (Ekklesia), controlada
y organizada por el Consejo de los 500 (Boulè), tenía
el poder legislativo y ejecutivo ya que
tramitaba las leyes y ejercía el control del estado.
Los numerosos tribunales
(Helialía) se ocupaban del judicial, con cierta ayuda
de los arcontes que también tenían parte del control
de la función religiosa. Todos ellos elegidos por sorteo (salvo
el previo examen de los arcontes) mientras que el poder militar (Estrategoi), vigilado por la Boluè y,
si fuese necesario, por la Helialía, era
prerrogativa de la clase social noble (eupátridas).
Por último, estaba
excluido de los asuntos de la polis entorno a más de dos tercios de la
población (mujeres, niños, thetes, metecos y esclavos).
¿Que hay de la abstención
política en este sistema?, ¿participaba
o quería participar todo el mundo -ciudadanos varones y adultos- en los asuntos
de la polis? Para responder a esta cuestión vamos a citar parte
del llamado discurso fúnebre de Pericles, redactado por el historiador
Tucídides. El discurso es un retrato idealizado del
sistema iscocrático-democrático ateniense en oposición al
sistema de Esparta y parece ser redactado tras la derrota de los
atenienses en la guerra del Peloponeso aunque el discurso
aparece dicho en boca de Pericles al comienzo de la guerra como elogio a los
ciudadanos caídos en combate (el ejército también es prerrogativa del tercio de
la población que tiene la ciudadanía).
<<Somos los únicos, en efecto,
que consideramos al que no participa de estas cosas, no
ya un tranquilo, sino un inútil, y nosotros mismos, o bien emitimos nuestro propio
juicio, o bien deliberamos rectamente sobre los asuntos públicos, sin
considerar las palabras un perjuicio para la acción, sino
el no aprender de antemano mediante la palabra antes de pasar de hecho a
ejecutar lo que es preciso. Pues también poseemos ventajosamente esto: el ser
atrevidos y deliberar especialmente sobre lo que vamos a emprender; en cambio
en los otros la ignorancia les da temeridad y la reflexión les implica demora.>> Tucídices.
Historia de las guerras del Peloponeso (Discurso fúnebre de Pericles 34-46).
El que no
participa en los asuntos del Estado es, según Tucídides, un
inútil, ignorante y propenso a cometer actos temerarios. Participar en el
Estado otorga al ciudadano la capacidad de reflexión que promueve el
debate social, el uso de la palabra entendido como algo necesario y para nada
perjuicioso.
Discurso fúnebre de Pericles. Philipp
Foltz (1805–1877)
El segundo caso de
estudio es lo que llamaremos «democracia ilustrada», aquella que nace a finales
del siglo XVII y tiene su plenitud en el siglo XVIII -que
por ello será llamado «Siglo de las Luces» o «Siglo
de la Razón»– con la Ilustración.
Este movimiento
intelectual, político y filosófico se
desarrolla a la par que los Estados modernos y la creación del concepto de
nación y nacionalismo. En esta búsqueda de un
nuevo concepto de país lejos del Estado feudal con un Señor propietario de
tierras y súbditos en lucha o alianzas familiares con otros Señores feudales,
se rescatan las viejas ideas del «gobierno de los iguales» de la vieja Atenas
pero, lejos de las ideas del renacimiento que buscan un
cierto idealismo de la Antigüedad, los ilustrados hacen debate y crítica
del sistema griego y crean una nueva forma de democracia.
En este sentido,
de lo que se trata es de primar al individuo frente a la comunidad, caso
contrario al griego donde el individuo servía a la comunidad. El
politólogo Norberto Bobbio, a comienzos del XX, habla de
un cambio en el pensamiento político de la ilustración frente a la
idea aristotélica del individuo sirviendo a la comunidad: es esta comunidad una
creación artificial del individuo en función de sus intereses y conforme al
ejercicio de sus derechos. Debe quedarnos clara esta idea:
la democracia ilustrada no es una evolución de la democracia griega a pesar de
los prestamos ideológicos, la mayoría de los ilustrados se
oponen al sistema isocrático y bajo la premisa del individuo y la razón sobre las
necesidades de la comunidad, son conscientes de crear una idea nueva de
democracia:
<<Es imposible leer sobre las pequeñas
repúblicas de Grecia e Italia sin experimentar sentimientos
de horror y disgusto por las agitaciones de las que continuamente eran
presa, y por la sucesión rápida de revoluciones que las mantenía en un
estado de perpetua incertidumbre entre las
condiciones extremas de la tiranía y de la anarquía>> Alexander
Hamilton (1755-1808)
<<La ilustración es el término de
la minoría de edad del hombre debida a su propia culpa.
Llamamos minoría de edad a la incapacidad para servirse del propio entendimiento sin
ayuda de otro. Y esta minoría de edad se debe a la
propia culpa del hombre, y su causa no reside en la falta de
entendimiento, sino en la falta de decisión y de valentía para servirse de
él sin la necesidad de la ayuda de nadie.>> Kant
(1704-1804)
Alexander Hamilton. John Trumbull (1756-1843)
Entonces, ¿en
qué se traduce el pensamiento ilustrado en esta democracia moderna? los conceptos
que vienen a continuación son de sobra conocidos pero merece la pena detenernos
en ellos y pensar si los tenemos claros y son aplicados de facto en nuestra
sociedad. La novedad más importante del nuevo Estado moderno es la trías política de Charles Louis de
Secondat, Barón de Montesquieu: la separación de poderes.
<<En cada Estado hay tres clases
de poderes: Por el legislativo, el
príncipe o el magistrado hace las leyes para cierto tiempo o para
siempre, y corrige o deroga las que están hechas. Por
el ejecutivo, hace la paz
o la guerra, envía o recibe embajadores, establece
la seguridad y previene las invasiones y por el judicial,
castiga los crímenes o decide las contiendas de los
particulares.>> Montesquieu (1689-1755)
Charles Louis de Secondat, Señor de la Brède y Barón de
Montesquieu. Pintura de autor desconocido.
Bajo esta premisa
se trata la separación de poderes como la necesidad de proteger al
individuo del Estado.
Coinciden en
que el Estado es necesario para proteger al individuo de
sus iguales (el viejo tópico de «tu
libertad acaba cuando empieza la mía»), el
individuo sacrifica parte de su libertad con este acto. Sin
embargo son conscientes de que el Estado puede atacar u oprimir al individuo en virtud a las
facultades que le otorga la comunidad (recordemos lo dicho
en los párrafos superiores).
Para evitar esto y proteger al individuo del Estado sin
perder la protección de éste, se establece la separación de poderes como una forma de
contrapeso continuo entre los tres poderes del Estado: Si uno
de los poderes excede sus facultades (por ejemplo: una
legislación que ataque la igualdad jurídica ante la ley, una de las ideas
que aparece con la Ilustración), la teoría dicta que los otros dos o uno de los otros dos
puede y debe actuar en contra para devolver al individuo sus derechos y
libertades básicas («Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano» de 1789) y
volver así al statu quo entre los tres poderes del Estado.
Esta idea no es
exclusiva de Montesquieu a pesar de ser tu teórico principal, autores
como Locke, Hamilton o Rousseau también
profundizan y debaten sobre ello. De hecho, Montesquieu
basa sus teorías en el parlamentarismo inglés -al que
admiraba- donde idea del statu quo entre los poderes ya viene definida mediante
la fórmula de «checks and balances» («controles
y contrapesos») que se traduce por ejemplo, en el veto del Congreso a una
legislación determinada del Presidente.
A partir de la
teoría de la trias política surgen
una serie de modelos democráticos modernos desde mediados del XIX en adelante que
se aplicarán entre los diversos Estados que conforman los países que conocemos
hoy en día. Así, por ejemplo, en la Alemania de Bismarck (aunque el teórico
será Von Stein años atrás) tenemos el modelo
del Estado social -no confundir con el Estado
del Bienestar-, que defiende el paternalismo
del Estado sobre el individuo mediante la creación de un sistema de garantías
sociales (educación, sanidad, vivienda) que
permitan al ciudadano -especialmente al desfavorecido- una
base de seguridad en materia de derechos sociales para que éste pueda
participar activamente en la vida del Estado.
El Estado social
nace en oposición al modelo marxista de la «revolución desde abajo» y
pretende evitar lo que Von Stein calificará como «el
proceso de las clases que buscan ascender socialmente».
El Estado
de derecho o Estado constitucionalista será el otro modelo
teórico imperante y se define por romper el status quo en sentido estricto de la
separación de poderes: por encima de la vigilancia de los
tres poderes entre sí se coloca una ley -una
Constitución- que funciona como marco regulador de la vida política y del
ciudadano, estando los tres poderes sometidos al dictamen de una ley general.
El otro cambio
importante respecto al modelo ateniense son las nuevas teorías sobre el derecho
a voto y el «ser» ciudadano. Frente a un sistema
exclusivo, donde menos de un tercio de la población tiene la prerrogativa del
voto y por tanto la participación ciudadana, el
ciudadano lo es ahora por nacer en el Estado y no por su filiación o
pertenencia a una clase jurídico-social. Los teóricos
políticos de la ilustración defienden el derecho del individuo a ser ciudadano y por ello, a
beneficiarse de todos los derechos y deberes que el Estado otorga a sus
ciudadanos.
Sin embargo
resulta curioso el debate cuando se trata el tema del voto:
Jean-Jacques Rousseau. Maurice Quentin
de La Tour (1704-1788)
Se abren
aquí dos hipótesis, la primera defendida
principalmente por Rousseau, que equipara
al ciudadano con el derecho a voto. Todo ciudadano tiene derecho a voto y por
tanto el sufragio debe de ser universal e independiente de clase social,
económica o de sexo (aunque esto último no será hasta
comienzos del siglo XX con el reconocimiento del voto femenino). Este sufragio
universal únicamente estará restringido a los menores de edad (según el
reconocimiento de la mayoría de edad de cada Estado, que suele ir desde los 16
años a los 21), a los extranjeros (que a diferencia de
los metecos atenienses, pueden solicitar la
ciudadanía y con ella el derecho a voto) y a determinadas condiciones
especiales según lugar y fecha histórica (por ejemplo la
Francia de la III república no permitía el voto a los militares).
La segunda
hipótesis viene encabezada por Montesquieu, para quien ciudadano
y derecho de voto no tenían que ir necesariamente de la mano. Todo individuo
tenía derecho de ciudadanía pero no todos debían poder participar en la vida
del Estado. Estamos por tanto ante un sufragio
censitario donde el Estado dicta las condiciones por las que un ciudadano puede
ser elector.
Montesquieu tenía
ciertas reservas en este aspecto hasta el punto de llegar a plantear el debate
sobre si el voto debía de ser secreto o abierto, un debate
que, de hecho, venía de lejos hasta el punto de ser planteado varias veces
por Cicerón y de existir reformas legislativas romanas de cara a
las elecciones (durante uno de los primeros consulados de
Cayo Mario se establecen unas pasarelas en la fila de los votantes
para evitar la presencia de los más fieles a los candidatos presionando y
vigilando a los electores). Montesquieu afirmaba que el voto debía de ser abierto en
unas elecciones ciudadanas y criticaba el voto abierto cuando se trataba de un
sistema aristocrático ya que, en este caso, el voto
secreto prevenía las conjuras de los grandes (algo similar a lo comentado en el
caso de la Roma Republicana)
Recapitulando este
segundo y último caso de estudio: El sistema democrático de la ilustración se basa, grosso
modo, en un gobierno de tres poderes: el legislativo que
promueve las leyes, el ejecutivo que las ejecuta y el judicial
que administra justicia. Estos poderes mantienen un status quo permanente donde
se trata de evitar que el individuo protegido por las leyes del Estado, sea
perjudicado así mismo por el exceso de uno de ellos. El
individuo es a la vez ciudadano y como tal tiene derecho a voto, siendo este
universal siguiendo a Rousseau o censitario según Montesquieu quien
además, postulaba la necesidad de un voto abierto.
Para reflexionar:
1.
¿Conoces otros
modelos históricos de sistema democrático?
2.
¿Cómo o en qué han
influenciado la isocracia y la ilustración en nuestro sistema
democrático?, ¿cual de ellos es más cercano al caso de tu país?
3.
¿Conoces más tipos
de Estado democrático a parte del Estado social y el de derecho?, ¿sientes que
tu país se identifica con alguno de ellos?, ¿con los dos?
4.
¿Cómo se aplica la
separación de poderes en tu país?, ¿existe una separación de poderes según el
dictamen de Montesquieu en España?
5.
¿Debe de ser la
ciudadanía extensible a otras capas de la sociedad actual (menores o
extranjeros no nacionalizados)?
6.
¿Qué ventajas
ofrece el voto abierto y el voto secreto?
7.
¿Qué sabes del
reconocimiento del derecho a voto femenino?, ¿cuando se implantó en España?
8.
¿Qué opinas de la
reflexión que Tucídices pone en boca de Pericles en el «discurso fúnebre»?
Para saber más:
·
Para un extenso análisis sobre el
Estado ateniense y su evolución: Ruiz Galacho, D. El Estado
ateniense.
·
Interesante artículo sobre el
análisis de la visión política de los ilustrados y la oposición entre
«democracia antigua» y «democracia moderna» Vazquez Larrea, I. La génesis
democrática: la cultura de la ilustración y el liberalismo.
·
Tucídides. Historia de la
guerra del Peloponeso
·
Aristóteles. La constitución de los atenienses.
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