LA HIGIENE EN LA CIUDAD DE MÉXICO
EN LA COLONIA
J. Antonio
Prado, La Plaza Mayor de México en el siglo XVIII, ca. 1769.
Óleo sobre tela. Museo Nacional de Historia.
Las instituciones
responsables de la higiene fueron, el Ayuntamiento, a través de la Junta de
Policía. Actualmente se entiende por policía, el buen orden que se
observa y guarda en las ciudades, cumpliéndose las leyes u ordenanzas
establecidas para su mejor gobierno, pero para entender mejor este significado,
recurrimos a George Rosen, quien afirma “que la policía se define como una rama
de la administración pública, la cual surge porque el propósito adecuado de
todo gobierno es establecer normas que aseguren el bienestar del pueblo. La
ciencia de la policía puso las bases para el desarrollo del concepto de policía
médica, surgido en Alemania, ya que el bienestar y la prosperidad se
manifiestan en el crecimiento de la población; se deben adoptar las medidas
para cuidar la salud de la gente y para que aumente su número, idea vigente en
el siglo XVIII. Así pues, un programa gubernamental debe de preocuparse entre
muchas otras cosas, por asegurar la higiene ambiental, por establecer medidas
para la limpieza y servicios de la ciudad, prevención de epidemias, la
reglamentación de la práctica médica y quirúrgica, garantizar la pureza de los
alimentos y del agua, para lo cual se debe establecer reglamentos.” 1 Durante
la segunda mitad del siglo XVIII entró en una nueva etapa de desarrollo, debido
a la creación del concepto de policía médica, “de aquí que los médicos
adoptaran el término de policía y empezaran a aplicarlo a los problemas médicos
y de salud. El cuerpo policial estaba obligado no sólo a tratar a los enfermos,
sino también a supervisar la salud de la población y evitar los factores
dañinos.” 2 Fue este organismo el que tuvo mayor influencia en el saneamiento
del medio, más que el Tribunal del Protomedicato. Por tanto, la policía médica,
al igual que la Junta de Policía en la Nueva España se encargaba de las
ordenanzas y normas de higiene. El Real Tribunal del Protomedicato y los
virreyes.
.-
Los mercados
Como depósitos que son
de sustancias alimentarias, los mercados son más perniciosos para la salubridad
sino están sujetos a reglas de higiene. Entre los productos que debieron de
estar más reglamentados, estaban las carnes, restos de animales y los
preparados del maíz.
En el siglo XVIII hubo dos grandes
mercados el de la Plaza Mayor, trasladados por el segundo conde de
Revillagigedo a la Plaza del Volador3 y, el del Parián4
Según comenta Armando Farga “en 1714 se
dictó una legislación referente a mercados, con la cual se prohibió que en la
Plaza Mayor se mataran y desollaran animales, cuya carne serviría para el
abasto del vecindario, porque contribuía a aumentar el mal olor en la ciudad.” 5
Sin embargo sabemos que esto no sucedió, pues avanzado el siglo XVIII aún se
continuaba practicando.
Y para que hubiera aseo, hermosura y salud
se sugirió que en 1788 todos los vendedores que asistieran al mercado de la
Plaza Mayor contribuyeran económicamente para mejorar las instalaciones. Del
aseo particular de la Plaza también se preocuparon varios virreyes entre ellos
el marqués de Casafuerte, el marqués de las Amarillas y los dos condes de
Revillagigedo. 6
Francisco Sedano comenta que “Esta plaza,
cuando estaba el mercado era muy fea y de vista muy desagradable. Encima de los
techados de tejamanil había pedazos de petate, sombreros y zapatos viejos y
otros harapos que echaban sobre ellos…De noche se quedaban a dormir los
puesteros debajo de los jacales, y allí se albergaban muchos perros que se
alborotaban y a más del ruido que hacían se abalanzaban a la gente que se
acercaba, de aquí que por orden superior se mandara a los serenos guarda
faroles que mataran a los perros, pagándoles cuatro pesos el ciento.” 7
Juan de Vieyra escribía que “dicho mercado
estaba en forma de calles con muchos tejados o barrancas, debajo de los que
había innumerables puestos de tiendas de legumbres y semillas, de azúcares y
panes, de carnes y pescados. Asimismo había otra calle donde estaban las
talameras, otra para las cocineras que preparaban distintas viandas para el
almuerzo de la multitud de gente que traficaba en esta plaza.” 8
El otro gran mercado de la ciudad fue el
del Parián ubicado en la calle que se llamó de la Alhóndiga, cerca de la
Merced, corriendo con mala suerte porque frecuentemente fue destruido por los
incendios y reconstruidos otras tantas.
El Parían tenía la forma de una ciudadela,
contaba con ocho puertas y cuatro calles, con su plaza en medio, conocida como
el Baratillo Grande, donde había tiendas de todo género, loza, plata, calzado,
vestidos, etc., para cuidar el buen manejo en las ventas, el estado de los
comestibles y el de la higiene pública, el virrey Revillagigedo publicó un
reglamento para los mercados de México, fechado el 11 de noviembre de 1791. 9
2.-
Puestos Callejeros
En 1760 se dictó un
bando, según la Junta de Policía, “contra los vendedores de almuerzo, dando por
resultado el desalojo de algunos puestos.” 10 Más adelante otro bando a cargo
del segundo conde de Revillagigedo el 31 de agosto de 1790, donde se refería a
“la limpieza de la ciudad, se prohibía que en la calle hubiera fruteras,
almuerceras y mesas de <comistrajos>, todos estos puestos debían de instalarse
dentro del mercado.” 11 Por su parte la Junta de Policía insistía en que las
fruteras, almuerceras y otros vendedores que ensuciaban las calles y esquinas
con sus puestos, jacales y desperdicios, debían retirarse a las plazas y
plazuelas en donde sólo podían tener dos sombras, una para defenderlos de los
rayos del sol y otra de los vientos, pero al retirarse a sus casas debían dejar
todo limpio.
El Tribunal del Protomedicato sostenía que
“Es materia y causa de contaxio, que oprimidos los hombres, de la suma
necesidad del hambre, coman ansiosamente sin consideración cualquier alimento,
aunque no sea conveniente, como son raizes de ierbas, pan de salvado, etc., de
que se engendran malos humores y muy dispuestos a pestilenciales achaques.” 12
A pesar de los reglamentos dictados, se
ponían multitud de vendimias, almuercerías, panaderías, tocinerías, puestos de
frutas y fondas ambulantes que se extendían hasta el Palacio Virreinal, cuyas
piezas interiores de la planta baja servían de bodegas para que los vendedores
de la plaza encerraran sus vendimias, además de que algunos de ellos dormían
allí. De aquí que hasta el Palacio y sus alrededores, estuvieran siempre
sucios. La elegancia del lugar quedaba para el piso alto, en donde ya se veían
las paredes tapizadas de terciopelo.
Farga menciona que “en
la segunda mitad del siglo XVIII se multiplicaron los puestos donde se vendía
sólo comida y bebida, aparte de los comedores que se iban estableciendo en los
mesones y posadas. Estos puestos, denominados como fondas, también tenían que
ser objeto de una inspección sanitaria.” 13
No sólo los puestos de comida fueron un
problema para la ciudad, la Junta de Policía mandaba que ningún zapatero de
viejo ni otro oficial podría trabajar en las calles, plazas u otros sitios
públicos, pues además que estorbaban, eran perjudiciales a la limpieza. También
era muy molesto el trabajo de los herradores, llenaban y ensuciaban las calles
con bancos y cabalgaduras. Por lo tanto, estaban obligados a que ejercieran su
oficio en el patio de las casas si las tuvieran o en su defecto en los barrios,
eligiendo un lugar, para no estorbar.
Pero todo esto no fue suficiente para
retirar los puestos de las calles ni para resolver el problema.
3.-
LAS CARNICERÍAS
Desde el inicio del
virreinato le correspondió al Ayuntamiento la tarea del abastecimiento de carne
para la población de la ciudad por lo que al lugar donde se guardaba y
sacrificaba las reses se llamara “abasto”. Sólo el gobierno podía tener el
negocio que se le otorgaba a un contratista o monopolista, con cuatro años de
vigencia. Este se comprometía a surtir la carne que fuera necesaria para las
necesidades de la población, expendiéndola en tablas o locales distribuidos
entre el centro de la ciudad y los barrios indígenas. Fue hasta 1813 que el
comercio se liberó, a raíz de un decreto expedido por las cortes españolas.
El virrey Ortega Montañés hacía saber en
la instrucción que dejó al conde de Moctezuma que “un constante problema en
este ramo, además del de dar menos onzas por un real, era que del rastro se
llevaba la carne recién muerta a las carnicerías, sin higiene alguna. Para
remediar el problema, él ordenó que por las tardes se matasen los animales y
hasta la mañana siguiente se entregase la carne, pero ya desangrada y limpia.” 14
Esto fue a causa de los fraudes en el ramo
de las carnicerías que eran dos: uno, el engaño al consumidor en el peso de los
productos, pues las básculas estaban manejadas y, dos, por el mal estado de la
carne.
El segundo conde de Revillagigedo mandaba
que “los dueños del trato de matanzas establecidos en el rastro no debían
vender los vientres de las reses llenos de la inmundicia ni derramar su sangre
en la calle, por lo tanto, se ordena que se vendieran vacíos y que los
excrementos y la sangre se arrojaran al campo.” 15
Las Actas de Cabildo también muestran el
desorden que había en el rastro, con fecha de 1792 dicho organismo solicitaba
“el expediente de carnicerías para ver el estado en que estaban, pues el
descontento de la población era manifiesto, argumentando que la plazuela del
rastro y todos los sitios donde se vendían carnes, estaban hechos un muladar que causaba severos
perjuicios a los que por ahí transitaban.” 16
Posteriormente, Francisco Xavier Venegas,
virrey de 1810 a 1813, publicó un bando fechado el 5 de febrero de 1812 donde
anunciaba la libertad en la venta de la carne; es decir, se acababa el
monopolio que había existido durante todo el virreinato. “Se concedía absoluta
libertad a toda persona que introdujera carneros y chivos castrados a la
capital, el único requisito consistía en pagar la alcabala, aunque fuera por el
consumo de casas particulares.” Un punto más del bando decía que “para evitar
fraudes de ventas de carnes mortesinas y de otros animales prohibidos, se
encarguen los señores intendente, corregidor, capitulares y sobre todo jueces
de plaza, quienes por sí y por medio de los fieles repesadores zelen y cuiden
de que no haya semejantes abusos en perjuicio de la salud pública y de la buena
fé del trato.” 17
En otro bando de 1813, Venegas añadía que
“era tiempo de suprimir las trabas que aún subsistían, por lo que reiteraba que
había libertad absoluta de matar ganado y vender carne en los puestos y parajes
para el abasto del público.” 18
4.-
LAS TOCINERÍAS
Estaban situadas en
diversas calles de la ciudad de México, lo que era una ventaja para el
vecindario, así, podían obtener carne de cerdo y los demás productos que salían
del mismo; pero también eran muchas las desventajas, pues en el mismo local se
criaban y mataban, se procesaban y se tiraba lo que no servía. Juan de Vieyra
menciona que “para 1777 había en la ciudad de México 42 tocinerías” 19, lo que
sin duda alguna complicaba más los problemas.
Tanto los virreyes como la Audiencia, el
Ayuntamiento y el Real Tribunal del Protomedicato no podían permitir que un
espacio tan limitado como era el centro de la ciudad, hubiera una gran cantidad
de cerdos. Por lo que, era necesario asignar un sitio para criarlos y matarlos,
muchos virreyes se empeñaron en conseguirlo, pero los fuertes capitales que los
comerciantes tenían invertidos en sus negocios, en la ciudad, eran un obstáculo
para las ideas de los virreyes.
Sin embargo, el organismo que puso más
atención y que lo tomó con mayor seriedad fue la Junta de Policía, quien mandó
nombrar al conde de Fuenclara, a través de un decreto fechado el 23 de
noviembre de 1743, “que las zahúrdas –pocilgas- se retiraran de la ciudad dando
un mes para desalojar. Las respuestas como siempre sucede en estos casos es quejarse
y muchos se negaron a cambiar de domicilio” 20
Como no se obtuvieron respuestas, aunque
la Junta de Policía tomara medidas para prevenir en lo posible inmundicias y
mal olor se publicó un bando sobre el trato de tocinerías. En dicho documento los
señores Josef Francisco de Cuevas Aguirre y Espinosa, corregidor y abogado de
la Real Audiencia y Francisco Antonio de Casuco y Peña, regidor de la ciudad,
establecieron que:
“En atención de haberse
presentado en este Juzgado por la parte de los dueños de Casas del trato de
tocinería de esta Ciudad, el total desorden que hay en las ventas de carnes de
los cerdos y los perniciosos abusos que se experimentan por extenderse como se
expenden, todo el año en las calles, plazas, conventos, mezones y demás parages,
consumiéndose en esto…cerdos mantenidos de basura, vasofias y demás inmundicias
de las calles y muladares…causando enfermedades por lo nocivo y desustanciado
de semejantes carnes”, dictaron en el año de 1756 que de esa fecha en adelante
“ninguna persona pueda salir a los caminos, calzadas, ni contornos a atajar,
comprar ni regatonear ningunas carnes, lechones, cerdos, ni demás efectos de
Tocinería, ni puedan matarlas, comerciarlas, ni venderlas en esta ciudad,
calles, plazas, puestos, conventos, mezones, ranchos, trapiches, ni otros
parajes, pues solamente pueden matarse y expenderse en las casas regladas y
matriculadas de este trato, ni tampoco puedan con título de encomenderos tener
puestos públicos ni secretos en parte alguna.” 21
Respecto a la carne de cerdo el virrey
marqués de Cruillas expresaba en un informe que “una de las causas del vómito
negro que padecían los europeos que llegaban a la Nueva España, era su modo de
vivir, refiriéndose a los productos que consumían. Comían carne fresca de
tocino y animales no castrados, agregando que <<…estas comidas malsanas y
de difícil digestión se acumulan en los primeros días, causan fermentaciones
extraordinarias, alteran la bilis y la inclinan a la putrefacción>> El
virrey señalaba que se sería conveniente obligar a los pueblos de indios a
domesticar el ganado, castrando a los machos cuando eran pequeños.” 22 Puedo
estar de acuerdo, pero si castraran a los machos de pequeños llegaría un
momento que no habría más animales, se necesitaban machos para la reproducción.
El Tribunal del Consulado enviaba al
virrey un informe sobre la conservación y mantenimiento de obras públicas,
donde escribía que “…se ven multitud de cerdos que raro es el vecino que no los
tiene. Estos perjudiciales animales andan sueltos sin otra zahúrda, ó
habitación que la de sus propios dueños, pues contra toda ley viven unos, y
otros juntos. Ellos andan libremente hosando por las calles, plazas, caminos y
calzadas destrozando los bordes de las zanjas; arrancando las nuevas plantas de
árboles recién puestos…”23
El 17 de diciembre de 1792 Revillagigedo
dictó un bando donde expresaba que “por convenir a la salud pública y policía
de la ciudad, mandaba renovar las
importantes providencias que contenían los documentos expedidos el 22 de
diciembre de 1756 y el 28 de septiembre de 1778 por la Junta de Policía, en los
cuales quedaba señalado el total desorden que existía en la venta de carnes y
demás efectos de los cerdos, cuya carne podía producir enfermedades a los
ciudadanos. Reiteraba lo ya dicho, que únicamente se podría matar y expender
los cerdos en las casas regladas. Prohibía la reventa y la cría de cerdos
garitas para adentro; sólo se permitía criarlos garitas afuera en chiqueros
cerrados.” 24
Por lo anterior, se ha visto que el
descuido en el ramo de tocinerías eran perjudiciales para la salubridad
pública, de aquí la importancia de cumplir con los reglamentos dictados por las
autoridades y cumplir con las mínimas reglas indispensables, como eran el que
en toda casa donde se mataran cerdos, tuviera los espacios necesarios para
cebarlos y que las zahúrdas tuvieran atarjeas por donde circulara el agua. Otro
punto, era vigilar que no se mataran más animales de los que se comieran, para
evitar acumulación de carne y sus derivados.
5.-
LAS VACAS
Toda persona que
quisiera ordeñar a las vacas en las plazas tenía que pedir un permiso a la
Junta de Policía. Como siempre argumentaban que necesitaban dinero para
sostener a sus familias y por otro lado que lo hacían en las plazas para
favorecer a los vecinos. Muy cómodos, se establecían donde mejor les acomodaba,
y por otro lado como nadie les decía nada, ni siquiera pagaban y tampoco iba el
ganado a pastar, porque siempre deambulaban por la ciudad.
Juan de Vieyra menciona que “en 1777 había
5 amplias plazas y 23 plazuelas. Entre las que ocuparon los ordeñadores de
vacas están las del Colegio de Niñas (hoy Bolívar y Venustiano Carranza), la
del Puente de la Mariscala (Aquiles Serdán), la de la Concepción (Belisario
Domínguez), la de San Sebastián (Rodríguez Puebla), la de Pacheco (San Marcos),
la de San Pablo (hoy con el mismo nombre), la de Tenespa (calle de Ecuador) y
la de Santa Catarina (calle de Brasil).” 25
Para conceder el permiso, el corregidor de
la Junta de Policía advertía que éste se otorgaría si el solicitante cumplía
con los siguientes requisitos:
“que las vacas fueran
de las mansas, que debían dejar diariamente limpio el sitio, que el dueño de
las vacas se hiciera responsable de cualquier percance y finalmente que se
retiraran de la plaza a las ocho de la mañana.” 26
Las vacas podían andar sueltas desde el
momento que la Catedral daba la queda y hasta las ocho de la mañana. Por tanto,
durante el día, las plazas eran el tránsito de los vecinos y por la noche como
establos. Pero aunque la plaza quedara bien aseada, siempre quedaba el olor y
los excrementos que dejaban por las calles hasta llegar a los lugares de
ordeñe. Una cosa a destacar es que si dejaban de ir días consecutivos, perdían
la licencia.
6.-
LAS PANADERÍAS
En lo referente a las
panaderías, las autoridades ponían atención, porque eran varios los problemas
que este ramo enfrentaba: el de la reventa y el de la calidad e higiene del pan
y el aseo del local.
Juan de Vieyra señala que “en toda la
circunferencia de la Plaza Mayor había puestos de pan de todas calidades,
además había innumerables puestos y cajones repartidos en toda la ciudad que
estaban en las plazuelas y calles; para 1777 había 46 panaderías.” 27
En 1777 la Junta de Policía expresaba que
ya el primer conde de Revillagigedo había afirmado que “se prohíbe el venderse
pan por repartidores, canasteros, tlacuaperos, ni en las casas de vecindad, ni
en asesorías independientes de las panaderías. Sólo el pan que sobre, se puede
vender en la plaza con la ganancia que se pudiera, advirtiendo que estaba
frío.” 28
Más adelante, en 1780 el virrey Mayorga,
quien gobernó de 1779 a 1783, envió al rey un decreto para su aprobación, cuyo
contenido era el reglamento de panaderías. El documento señalaba que “desde el
23 de diciembre de 1776 se había prohibido vender el pan en puestos públicos y
en las calles, por lo que se fijaron los sitios para su venta, que debían ser
únicamente las panaderías, pues el alimento, que era tan recomendable y
necesario, al ser vendido fuera, corría riesgos con las inclemencias de los
tiempos.” 29
En tiempo de secas el pan se ponía
<<cuerudo>>; en tiempo de lluvias se mojaban las canastas y el pan
no servía. Otras veces a los que llevaban el pan les sucedía de todo, se caían,
resbalaban, el pan iba al lodo o tierra y no le importaba limpiarlos, lo
vendían así.
Un punto interesante no sólo en materia de
higiene sino también en el campo de la tecnología, es el concerniente a la
manera de elaborar el pan. En esta época no era común que alguien se preocupara
en sí la masa estaba limpia o no, si se lavaban las manos los panaderos o si se
tapaban la cabeza por el sudor.
Por otro lado, si uno quería hacer bien el
pan, necesitaría mecanizar acciones o trabajos nuevos, para esto tenían que
pedir permiso a la Junta de Policía, pero había un pero, la burocracia que
existía a veces obligaba a desistir por el tiempo que pasaba para que le dieran
los permisos correspondientes.
En
1773 el señor Francisco Antonio Horcasitas inició las gestiones para poder
utilizar una máquina que “beneficia la masa sin el contacto de la mano de los
operarios. Sirve para cernir la harina con el movimiento de una bestia.” 30
El propietario, proponía que “amasar y apuñar la masa con
molinetes, sin que los operarios metieran las manos. La masa se introducía con
una pala, la máquina la cerniría y la sobaría.” Añadía que “los médicos vieron
bien en evitar el manoseo con que los operarios, ó ya con dañado cutis, ó ya
con fiebre, ú otras enfermedades infeccionarían las masas, de lo que el público
resultaba perjudicado…, ya que por lo general, los panaderos eran gente inculta
e inmunda.” 31
Después de muchos años de lucha,
Horcasitas obtuvo positivas respuestas a sus dos peticiones. Consiguió la
autorización para poner en marcha la máquina y vender el pan en puestos
pequeños, aparte de en la panadería, pero se le aclaró que no estaba autorizado
a aumentar los precios del pan.
La Junta de Policía se convenció del
instrumento recién inventado, diciendo que “se fabricaba el pan con una
limpieza muy superior a la que se estila, pues con la máquina se evita la
fatiga de los operarios, ni les agita la sangre, ni el sudor o fluidos de que
son consiguientes las infecciones y suciedades que se comunican al pan.” 32
Pero de todas formas era imprescindible la
limpieza para la higiene pública, para así lograr la salud de la población.
7.-
LA ROPA USADA
Durante el siglo XVIII
las constantes epidemias sobre todo la de viruela, ocasionaron muchas muertes,
por lo que se tomaban precauciones, como el poner en cuarentena a los enfermos.
Para tal fin se establecieron Lazaretos y hospitales provisionales a cierta
distancia de las zonas urbanas. También se tomaron otras medidas, como la
inhumación de las víctimas en cementerios alejados, la interrupción de las
comunicaciones y la prohibición de vender o empeñar ropa, sábanas, frazadas,
trastes y muebles que hubieran pertenecido a los fallecidos.
El segundo conde de Revillagigedo le dejó a
su sucesor el marqués de Branciforte instrucciones al respecto, por lo que este
marqués emitió un bando en noviembre de 1797 que prohibía la venta o empeño de
la ropa que se ministraba a los virolentos, decía que “…con dolor mío he sabido
que los mismos padres y parientes de los enfermos socorridos venden o empeñan
las frazadas, camisas y demás ropa que se les ha administrado. Sin embargo,
para evitar contagios, me veo precisado a evitar por todos los medios tan
perniciosos abuso y solicito a la Junta de Policía que estuviera pendiente de
que se cumpliera lo dictado en el bando.” 33
Así mismo, Felix María Calleja, virrey de
1813 a 1816, publicó un bando el 14 de mayo de 1813 prohibiendo a los tenderos
y baratilleros que compraran o recibieran en prenda las frazadas y ropa que
ministraba la caridad a los enfermos de alguna epidemia. El documento decía:
“Habiendo llegado a mi noticia que algunas personas de las que asisten de cerca
a los desvalidos enfermos de esta Capital,…les quitan las frasadas que les
sirven de único abrigo, vendiéndolas en el Baratillo, ó empeñándolas en las
Tiendas, de cuyo tráfico puede también resultar la propagación de la actual
epidemia; he resuelto prohibir, como prohíbo a los Tenderos y Baratilleros, que
durante ella compren ó reciban en prenda frasadas, ni ropa alguna de cama, baxo
la multa de diez pesos aplicados la mitad al denunciante,…encargando a los
Gefes y Autoridades respectivas la mayor vigilancia sobre el cumplimiento de
esta resolución.” 34
Era más fácil prevenir las epidemias que
exterminarlas, por eso la importancia de poner atención a lo que concernía a la
salubridad.
8.-
LOS BAÑOS Y LAVADEROS
Cabe notar que de
acuerdo a los documentos consultados, al hablar de baños, se refieren a los
temazcales –que eran los cuartos muy calientes en que tomaban baño los indios-
y no a las letrinas.
Toda persona que estaba
interesada en abrir un baño público tenía que solicitar una licencia a la Junta
de Policía. El dueño del negocio lo podía poner en el patio de su casa o en los
lavaderos y lugares comunes, anunciando siempre a la Junta de Policía cuantos
ponía. También tenía que aprobar la licencia el virrey, además de los abusos
que se cometían en los temazcales, al bañarse juntos hombres y mujeres, hecho
que estaba prohibido, pues todo baño tenía que llevar un letrero expresando el
sexo, los problemas más frecuentes, se refieren a los desagües.
La Junta de Policía afirmaba que “del baño
a la calle Canoa (hoy Donceles), derramando mucha excreta, procedente del lugar
común del baño que está en la calle de la espalda…insistían en que debían tener
agua limpia, ser de buen tamaño, con respiraderos, bien aseados, especificar bien a que sexo estaban destinados,
establecer una separación entre el cuarto destinado a la leña y el del baño
propiamente dicho, así como la habitación para el remojo u <<oficina del
temazcal>>; el cuarto con los lugares comunes debía tener su llave y el
lavadero, que debía ser de regular extensión, tenía que contar con su propia
corriente de agua para el abasto de las lavanderas.” 35
Valle-Arizpe comenta que “los baños
escaseaban durante el coloniaje, no sólo los públicos sino que los había en
poquísimas casas, y éstos eran los dichos placeres. Los encopetados señores
solamente los tomaban muy de lejos en lejos…Los muy aseados se limpiaban el
cuerpo con pomadas más o menos finas y olorosas, no con agua y jabón y un
fuerte estropajo.” 36 Además de la escasez de baños, los pocos que existían no
siempre eran accesibles a toda la población.
En las Actas de Cabildo, se dice que “el
administrador de los Baños del Peñón no debía imponer que se bañaran de manera
gratuita la gente de escasos recursos económicos ni que se opusieran a que
sacaran agua del hervidero para utilizarla como medicina, costumbre que
provenía del México Prehispánico, utilizada frecuentemente después del parto.” 37
Como dice Solange Alberro sobre los dos
grupos humanos enfrentados –españoles e indígenas- que, “pese a sus prácticas
distintas no participan en realidad de condiciones radicalmente opuestas, si
tomamos en cuenta el juicio favorable y hasta elogioso formado por los primeros
españoles que llegaron a nuestro territorio, misioneros y guerreros, acerca de
los usos americanos del baño.” 38
Los lavaderos de ropa también eran
revisados por la Junta de Policía, quien autorizaba el permiso para establecerlos
siempre y cuando se sujetaran al reglamento de baños. Todo ciudadano se
consideraba con derecho para disponer de las calles como si fueran suyas, donde
encontraba un derrame no muy sucia, ponían un lavadero y colgaban una cuerda
para secar. Se aprecian dos tipos de problemas, uno que las lavanderas se
quitaban la ropa y el otro la higiene.
9.-
LAS BOTICAS
Los
productos medicinales que se podían encontrar en las boticas novohispanas eran
múltiples, como los bálsamos, aguas aromáticas, árabes, píldoras, extractos,
yerbas, flores, semillas, resinas, leños, animales, sales, polvos compuestos,
mercuriales, alcoholes, emplastos, ungüentos y tinturas entre muchos otros, por
lo que tenían que ser supervisados por las autoridades gubernamentales, o sea
por el Real Tribunal del Protomedicato.
EL
PROTOMEDICATO EN EL SIGLO XVIII
En
el siglo XVIII, los españoles peninsulares y los españoles americanos entendían
la salud pública como algo diferente de la percepción americana contemporánea.
De hecho, para los españoles americanos de este tiempo, la salud pública
significaba la adecuada concesión de licencias a médicos, flebotomianos,
cirujanos y farmacéuticos; la inspección de hospitales y boticas; el control de
información médica falsa o peligrosa; la supresión de impostores y curanderos,
y la impartición de justicia en casos médicos. En cambio, el americano moderno
ve la salud pública como la reglamentación de las medidas de sanidad, los parámetros del
control de drogas, la detección de enfermedades y la atención médica
preventiva, normalmente sin costo para la persona.
Hasta
cierto punto, españoles y administradores ilustrados en las Indias españolas
opinaban lo mismo y, de hecho, el Protomedicato realizaba muchas de estas
funciones de salud pública. El Protomedicato jugó una importante función en la
aplicación de las leyes contra la promoción de curas falsas y en la divulgación
de nuevos remedios entre el público expectante. Sin embargo, en tiempos de
crisis generales, sobre todo cuando ocurrían epidemias, el Protomedicato
participaba poco en los esfuerzos por remediar los problemas de salud pública.
Los funcionarios virreinales o locales, debido a que tenían la autoridad y el
dinero, eran los que actuaban con el Protomedicato, proporcionándoles consejo y
asesoría.
MEDIDAS
SANITARIAS URBANAS EN ELSIGLO XVIII EN CIUDAD DE MEXICO.
El
autor español Salvador de Madariaga, en su panegírico que defiende a España en
las Indias, describe con elocuencia la elegancia y riqueza de las ciudades de
la América colonial hispánica. Pero más que eso, elogia su limpieza, particularmente
en comparación a sus contrapartes europeas. Por ejemplo, “cuando se compara al
Londres de finales del siglo XVII con la ciudad de México, ésta era elegante,
noble y limpia. San James Square era un receptáculo para toda la basura y
cenizas, para todos los gatos y perros muertos de Westminster. El desagüe era
deficiente, los baches abundaban por doquier y las ventanas abiertas a las
calles de Londres eran usadas para librar las casas de excremento, basura y
desperdicios con poco o ningún cuidado hacia los transeúntes. En contraste, la
ciudad de México era virtualmente un paraíso limpia y bien vigilada.” 39
Un
virrey muy empeñoso fue el Marqués de Croix, quien dictó una disposición en
1769, la cual logró muy buenos resultados. “Mandó enlosar las aceras, desde el
cimiento de las paredes de cada casa, vara y media hacia el caño, con piedra.
De igual manera se interesó por empedrar las calles, como la de San Francisco.”
40
Después
durante el virreinato de don Matías de Gálvez quien gobernó de 1783 a 1784,
cabe mencionar su inquietud por la evolución de las obras públicas, a pesar de
sus esfuerzos no se consiguió mejorar el aspecto de la ciudad.
En
época de lluvias el lodo era abundante y al mezclarse con la inmundicia,
dificultaba el aseo de la ciudad y cuando se removía salía un olor pestífero a
manera de humo. También rebaños de vacas vagaban por la ciudad comiendo las
basuras, también recorrían las calles los cerdos, se sabe que el cerdo cría
gran cantidad de piojos que se propagan por todos lados y en la ropa de las
personas.
Cuando
el virrey Bernardo de Gálvez, hijo del anterior inició su gestión en 1785,
solicitó al Tribunal del Protomedicato que sugiriera como enfrentar las
enfermedades en tiempos de epidemias. En el informe elaborado por la Junta de
Médicos, integrada por tres protomédicos: José Ignacio García Jove, José
Ambrosio Giral y Matienzo y Juan José Matías de la Peña, además de otros
médicos destacados, se señalaba que “la causa más común de las enfermedades era
el aire viciado, por la presencia de las miasmas, toda persona que los
inhalaba, estaba expuesta a contraer alguna enfermedad.” 41
El informe que el
Tribunal del Protomedicato entregó al virrey Gálvez muestra claramente las
causas de las enfermedades. Un extracto del documento dice:
“Hablaremos
primeramente de la ciudad de México. Aquí, además de las causas comunes que
pueden dar origen a una epidemia, hay otras que pueden iniciarlas o
fomentarlas. No diremos nada acerca de los lagos, ni de los canales, que
regularmente se hace referencia como las perversas madrastras de esta ciudad,
porque al respecto ya se ha dicho lo suficiente y todos los días se toman
medidas oficiales para lograr que sus aguas circulen y permanezcan limpias.
Tampoco mencionaremos los servicios sanitarios, ya que son tan pocas las casas
que cuentan con ellos, ni hablaremos de la falta de ventilación o de limpieza;
ni de los lugares donde la basura, desde las casas de vecindad se arroja a las
calles, donde… ofende a los sentidos del olfato y de la vista de los pasantes y
es muy perjudicial a la salud. No consideraremos por ahora el hecho de que en
las mañanas hasta en las calles principales las gentes “hace aguas”, que pueden
correr o no por las cunetas, ya que éstas son depósitos de toda clase de
suciedad, que con su fétido olor contamina las casas, a los habitantes y a los
pasantes. No discutiremos sobre la ropa vieja que se vende en el baratillo, y
que se empeña en las pulperías, y de la que resultan en gran parte las enfermedades
de la ciudad, porque no se sabe si lo que allí se compra viene de una persona
sana, enferma, moribunda o muerta;… Hay poca atención… para los animales
muertos en la calle, cuya descomposición infecta el aire y a los que los
respiran.” 42
Por
otra parte, el 19 de junio de 1787 la Junta de Policía envió una carta a Alonso
Núñez de Haro y Peralta, virrey de mayo a agosto de 1787, sobre la epidemia
existente, y le mencionaba que “la mayor parte de las causas de las epidemias
tienen relación con la poca limpieza y saneamiento de las calles de la ciudad.”
43
No
puede decirse lo mismo de lo que ocurría en las postrimerías del siglo XVIII.
En 1789, cuando el segundo conde de Revillagigedo llegó a ser virrey de la
Nueva España, se encontró con unas condiciones sanitarias que revolvían el
estómago. 44 Al ir hacia el Zócalo, la plaza principal y la plaza del Volador,
donde el deterioro sanitario era manifiesto, observó cuerpos de perros muertos
medio flotando en los canales poco profundos y estancados. A orillas de los
canales, mujeres y hombres en cuclillas, frente a frente, “haciendo sus
necesidades” y hablando a la vez con cordialidad. Se fijó en las ventanas
cerradas, sólo se abrían para tirar excrementos. La zanja del desagüe que
corría en medio de la calle, atascada con excremento y orina de animales como
de personas. Cuando el virrey llegaba al Zócalo, debía concentrarse únicamente
en sus pasos, sin mirar atrás. Si retrocedía hacia la catedral, se encontraría
que su atrio había sido convertido en letrina. En las fuentes, veía a mujeres
indias lavando a la vez sus cabezas con pañales y mantillas de sus niñas, y a
las prostitutas, bañándose, si alguna vez lo hacían.
La
insalubridad de la ciudad también se dejaba sentir a través de las acequias. La
ciudad de México, tenía tres clases de calles, unas totalmente de agua y se
transitaba por ellas sólo en canoas; otras de tierra, en donde se encontraban
las entradas de las habitaciones y por último, las de tierra y agua. Según
Valle Arizpe, “en el siglo XVIII estuvieron en uso siete canales principales
para el desagüe de la ciudad: la acequia Real, la de la Merced, la del Carmen,
la del Chapitel, la del Tezontle, la de Santa Ana y la acequia de
Mexicaltzingo.” 45
La
acequia más famosa de la ciudad corría a un costado de la Plaza Mayor, al sur,
donde estaba el portal de mercaderes, conocida como la calle de la Acequia. Era
importante por los servicios de comunicación y abastecimiento que prestaba al
núcleo poblacional. Por ejemplo, dice Valle Arizpe que:
“El canal que hacía
“calle de agua” al callejón del Espíritu Santo, no era de los amplios como los
que iban por otras rúas de la ciudad, sino que su importancia era muy
secundaria. En él se estacionaban las chalupas y barcazas para no interrumpir o
estorbar el tránsito de las que constantemente bogaban por el grande de la
calle de las Canoas. Ancladas en el Callejón eran como variados puestos
flotantes a los que se iba a comprar las diversas cosas que expedían los
indios, y así a diario había en ese lugar un perpetuo y algarero bullicio con
los compradores y los vendedores, entre los largos y cadenciosos pregones de
éstos, que se incrustaban muy sonoros en el aire, y la ininterrumpida algarabía
de los regateos con los que daban interminables vueltas sobre dos centavos o
una cuartilla.” 46
El
conde de Revillagigedo ante todo lo que observó tomo medidas pertinentes,
probablemente lo motivaron algunas circunstancias como, primero que la ciudad
de México necesitaba urgentemente limpieza, segundo el virrey estaba inmerso en
las prédicas de la ilustración y tercero que Revillagigedo era lo bastante
presumido como para no apartarse con repugnancia de las cosas que vio. “Era tan
aficionado a bañarse muy seguido que inclusive firmaba los documentos en el
baño. También sus roperos y tocadores estaban aprovisionados con un gran
surtido de “jabones, cepillos, uniformes limpios con fragancia de cedro y
sándalo, pantalones de colores claros y perfumes discretos.” 47
Su
primer paso en la limpieza de la ciudad fue la publicación de un bando, de gran
alcance y con fuertes penalidades. Los problemas sanitarios resultaban enormes
tanto por la naturaleza del hombre como por la naturaleza del terreno. Sin
forma de retirar de las casas los excrementos y la orina, el virrey
Revillagigedo ordenó que “la inmundicia se llevara en una carreta y los
excrementos en otra. Los que transportaban la primera aparecían una hora antes
de la salida del sol y permanecían fuera hasta las ocho y media de la mañana.” 48
Cualquiera
que eligiera permanecer en su cama y vaciara las bacinicas después en la calle,
enfrentaría estas multas: “doce reales por la primera falta, el doble por la
segunda y el tripe por la tercera (artículos 1 y 2). También ordenó que los
propietarios de establecimientos, serían los responsables de deshacerse del
estiércol, cascajos y desperdicios de curtidurías y rastros de marranos. El
teniente corregidor tenía el deber de disponer del cascajo y de hacerse cargo
de la reparación de edificios y obras públicas (artículo 3). Ociar y barrer el
frente de sus edificios y casas a las seis o siete de la mañana era una
obligación de la que no escapaban ni las iglesias ni los conventos. Si no lo
hacían o no apilaban la basura para que la recogieran los basureros se les
aplicaría una multa de doce pesos por la primera falta, el doble por la segunda
y el triple por la tercera, gravada contra los propietarios y no contra los
domésticos. Aquellos que no podían pagar dinero pagaban con tres días de
confinamiento solitario por la primera falta, seis por la segunda y seis por la
tercera junto con veinticinco azotes, administrados en dos turnos en la cárcel
(artículo 6).” 49
Revillagigedo
comunicaba a su sucesor, el virrey marqués de Branciforte que “el aseo interior
de las casas no había adelantado tanto como el exterior, el de las calles, pero
no obstante se advirtió una notable mejoría, a la cual contribuyó bastante el
aseo personal de la clase más baja, que andaba prácticamente desnuda, puesto
que utilizaban una manta o sábana, que les servía de traje, de cama y para
todos los usos que había menester.” 50 Revillagigedo también comentaba que
remedió muchos puntos referentes a la sanidad; por ejemplo, estableció los
mercados públicos de la plaza del Volador (hoy Pino Suárez y Corregidora),
Santa Catarina (hoy calle de Brasil) y el Factor (hoy calle de Allende).
CURAS
Y REMEDIOS POR PARTE DEL GOBIERNO
El progreso en la
sanidad fue primero responsabilidad y de los funcionarios administrativos
locales, quienes tenían tanto el dinero como la autoridad para, llevar a cabo
las mejoras que se necesitaban. El Protomedicato normalmente se encontraba como
asesor en los límites de tales esfuerzos. Sin embargo, en otros asuntos de
salud pública, los protomedicatos tenían mayor injerencia; uno de estos era
controlar la diseminación de nuevos conocimientos médicos, los cuales, si se
hubieran permitido que salieran a la luz sin control ni censura, podían haber
provocado resultados desastrosos para la población.
NOTAS
1 Rosen, George, De la policía médica a la medicina social. Ensayos sobre la historia de
la atención a la salud, traducción de Humberto Sotomayor, México, Siglo XXI
Editores, 1985, p. 158.
2 Idem, p. 158.
3La plaza llevó ese nombre,
porque en el sitio donde hoy se ubica la Suprema Corte de Justicia, fue durante
la época prehispánica donde se celebraba el juego del Volador.
4El Parián fue el emporio
de la elegancia y el lujo; a los comerciantes de ese lugar se les llamó tratantes de Filipinas, gremio de chinos o filipinos, porque la
voz es filipina y se aplicaba en Manila al lugar donde se vendían las cosas de
importación de Europa y de la Nueva España.
5 Farga, Armando, Historia
de la comida en México, 2ª Ed., México, Litografía México, S.A., 1980, p.
64.
6 AHDF, Ramo: Puestos, Plaza Mayor, vol. 3618, exp.
12, Oidor de la Real Audiencia Domingo
Trespalacios y Escandón, México, 28 de junio de1760,3 f.
7 Sedano,
Francisco, Noticias de México. Crónicas
del siglo XVI al XVIII, nota preliminar: Joaquín Fernández de Córdoba,
México, Talleres Gráficos de la
Nación,1974, (Colección Metropolitana), vol. 3, p. 40.
8 Vieyra, Juan
de, Breve compendiosa narración de la
ciudad de México, 1777, prólogo y notas: Gonzalo Obregón, México Editorial
Guaranica, 1952, p. 40.
9 AGN, Ramo:
Obras públicas, t 8, exp. 4, Reglamento
para el mercado principal establecido en la plaza del Volador, elaborado
por el segundo conde de Revillagigedo, México, 26 de octubre de 1791, f. 58-65.
10 AHDF, Ramo:
Puestos, Plaza Mayor, vol.3618, exp. 13, Junta de Policía, México, 19 de mayo
de 1770, f. 6.
11 AHDF, Ramo:
Licencia para la limpieza de la ciudad, vol. 3241, exp. 42, Bando de
Revillagigedo, México 31 de agosto de 1790,f. 1.
12 AHDF, Ramo: Policía, Salubridad, vol. 3668,
Tribunal del Protomedicato, México, 1696, f. 1.
13 Farga,
Armando, op. cit, p. 75.
14 Martín,
Norman F., Instrucción reservada que el
Obispo virrey Juan de Ortega Montañés dio a su sucesor en el mando el conde de
Moctezuma, Prólogo y Notas, México, Editorial Jus, 1965, pp. 77-78.
15 AHDF, Ramo:
Licencia para la limpia de la ciudad, vol. 3240, exp. 33, Bando de
Revillagigedo, México, 12 de diciembre de 1789, f. 25.
16 AHDF, Actas
de Calbildo, vol. 112-A, México, 16 de enero de 1792, f. 3.
17 AGN, Ramo:
Mercados, t 6, exp. 6, Bando de Francisco Xavier Venegas sobre el abasto de
carnes, México, 5 de febrero de 1812, f. 1.
18 AGN, Ramo:
Mercados, t 6, exp. 9, Bando de Venegas sobre la libertad de vender carne,
México, 1813, sin fecha completa, f. 186.
19 Vieyra,
Juan de, op. cit, p. 103.
20 AHDF, Ramo:
Policía, Salubridad, Zahurdas, vol. 3687, t. 1, exp. 5, Aviso de la Junta de Policía a los vendedores de cerdos, México, 9
de julio de 1743, f.2.
21 AHDF, Ramo: Policía, Salubridad, Zahurdas,
vol.3687, t. 1, exp. 12, Bando sobre
Zahurdas, México, 22 de diciembre de 1756, f. 1.
22 Rodríguez,
Martha Eugenia, op. cit. p. 157.
23 AGN, Ramo:
Obras Públicas, t. 33, exp. 1, Informe
del Tribunal del Consulado al rey, México, 16 de mayo de 1793, f. 4-11.
24 AHDF, Ramo:
Licencia para la limpia de la ciudad, vol. 3240, t. 1, exp. 12, Bando de Revillagigedo sobre la higiene
pública, México, 17 de febrero de 1792, f. 1.
25 Vieyra,
Juan de, op. cit. p. 24.
26 AHDF, Ramo:
Ordeña de vacas, vol. 3392, t. 1, exp. 1, leg. 1, Juan José Montes de Oca pide permiso para ordeñar vacas en la plazuela
de San Pablo, México, 27de agosto de 1799, f. 5.
27 Vieyra,
Juan de, op. cit, p. 103.
28 AHDF, Ramo: Panaderías y pulperías, vol. 3452,
t. 1, leg. 1, exp. 13, Bando para
prohibir la excesiva ganancia de los panaderos, México, 16 de agosto de
1777, f. 1.
29 AHDF, Ramo: Panaderías y pulperías, vol. 3452,
t. 1, leg. 1, exp. 30, Decreto de Mayorga
donde solicita al rey autorice el reglamento de panaderías, México, 4 de
septiembre de 1780, f. 51.
30 AHDF, Ramo: Panaderías y pulperías, vol. 3452,
exp. 37, Informe sobre la máquina
inventada por don Francisco Antonio Horcasitas para amazar la masa con más
limpieza, México, 6 de febrero de
1779, f. 79.
31 Idem.
32 Idem, f. 17.
33 AGN,
Ramo:Epidemias, t. 6, exp. 2, Bando del
virrey Branciforte al público en general, prohibiendo la venta de ropa de
enfermos, México, 16 de noviembre de 1797, f. 22-23.
34 AHFM
(Archivo Histórico de la Facultad de Medicina), Bando del virrey Felix Calleja prohibiendo la compra venta de ropa de
enfermos, México, 14 de mayo de 1813, f. 2.
35 AHDF, Ramo:
Policía, Baños y lavaderos, vol. 3621, t.1, exp. 12, Reconocimiento de la Junta de Policía al Baño de la Quemada en el
barrio de San Pablo, México, 23 de septiembre de 1795, f. 8.
36
Valle-Arizpe, Artemio de, Calle vieja y
calle nueva, México, Editorial Jus, 1949, p. 396.
37 AHDF, Actas
de Cabildo, vol. 111-A, 5 de diciembre de 1791, f. 2
38 Alberro,
Solange, Del gachuín al criollo o de como
los españoles de México dejaron de serlo, México, El Colegio de México,
1992, (Jornadas, 122), p. 88.
39 Madariaga, Salvador de, The Rise of the Spanish American Empire, Nueva York, The Macmillan
Company, 1947, p.191.
40 Rodríguez,
Martha Eugenia, Contaminación e
insalubridad en la ciudad de México en el siglo XVIII México, Facultad de
Medicina/UNAM, serie Monografías de Historia y Filosofía de la Medicina n° 3,
2000, p. 50.
41 AHDF, Ramo
Policía, salubridad, vol. 3674, exp. 4, México, 36 f.
42 Idem, f.29.
43 Idem, f. 35.
44 Testimonio
de los informes de los protomédicos de esta capital, y otros individuos de la
misma facultad en la prueba dada por el Exmo. Sr. Conde de Revillagigedo en su
residencia pública. Estos testigos y las referencias de sus informes son: el
doctor y maestro José Ignacio García Jove, 8 de agosto de 1796, AGNM, ramo
Civil, 11, 3, fs. 1-198. Doctor y maestro José Francisco Rada, 12 de agosto de
1795, Ibidem, fs. 1-3v. Doctor
Gabriel de Ocampo, 22 de julio de 1796, Ibidem,
fs. 3v-13. Bachiller Mariano Arnáez, 20 de junio de 1796, Ibidem, fs. 13-27.
45 Valle
Arizpe, Artemio de, Calle vieja y calle
nueva, México, Editorial Jus, 1949, p. 25.
46 Idem,
p. 234.
47 Manfredini, James, The political Role of the Count of Revillagigedo, Viceroy of New Spain,
Nueva Jersey, New Brunswick, 1949, p. 3.
47 AHIAH,
Bando del virrey conde de Revillagigedo sobre la limpieza de la ciudad, México,
31 de agosto de 1790, Hospital de
Naturales, 84, 9, fs. 112r-114v.
49 Idem.
50 Torre
Villar, Ernesto de la, Instrucciones y
memorias de los virreyes novohispanos, compilación e índices: Ramiro
Navarro de Anda, México, Editorial Porrúa, 1991, (Biblioteca Porrúa, 102), vol.
2, p. 1072.
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Nación, AGN. Bandos, 7, 10, 11, 19-20; Civil,11; Epidemias, 1,6, 10, 13, 16;
Estado, 224; Historia, 153, 460-461; Hospitales, 144; Índice de Bandos,
Hospital de Naturales; Inquisición, 986; Matrimonios, 7, 12; Protomedicato, 1-4;
Reales Cédulas (Duplicados), 2, 14, 16-18, 22, 24, 28-30, 33-34, 36, 40, 43-45,
47, 88, 92, 106, 127, 138, 145, 151, 164, 170-171, 173, 192, 195, 197, 202,
202, 207, 209, 212; Universidad, 19, 22, 25-26, 28, 52, 66, 71, 279-283,
286-287, 471-473; Grados de Bachilleres en Medicina; Grados de Licenciados y
Maestros en Arte, 1753-1784; Informaciones de Limpieza de Sangre; Libros de
Claustro, 1771-1779, 1779-1788, 1788-1801, 1801-1817.
Archivo Histórico de la
Facultad de Medicina de la Universidad de la Ciudad de México, AHFMUCM.
Protomedicato, 1-4, 6-7, 10-12; Reales Cédulas y órdenes, 174.
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la ciudad de México, 1777, prólogo y notas: Gonzalo Obregón, México Editorial
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