martes, 22 de noviembre de 2022

 

LAS ÓRDENES FEMENINAS EN EL SIGLO XIX:
EL CASO DE LAS DOMINICAS

Elisa Speckman Guerra[ 1 ]


Ya vuestra reverendísima sabrá las persecuciones, las injusticias y crueldades que se han cometido con nosotras, privándonos de nuestros bienes comunes, arrojándonos de nuestro amado claustro y dispersándonos en diversas casas, en las cuales sufrimos muchas privaciones y miserias y una suma tristeza y desconsuelo.[ 2 ]

En la etapa virreinal se establecieron en la ciudad de México diversas órdenes femeninas, como concepcionistas, franciscanas (clarisas, franciscanas descalzas y capuchinas), dominicas, carmelitas y jerónimas, así como, más tardíamente, la Orden del Salvador y la Compañía de María. Con excepción de la última, dedicada a la instrucción, estos grupos se consagraron a la vida contemplativa. Sin embargo, esto no impedía que las monjas destinaran parte de su tiempo a educar a las niñas que vivían con ellas, a las cuales enseñaban las primeras letras, pero, sobre todo, las "labores mujeriles".

Además de consagrarse a la vida contemplativa, las órdenes eran comunidades de clausura, pues, al momento de profesar, las monjas se comprometían a pasar el resto de su vida dentro del convento. No abandonaban este recinto ni siquiera después de la muerte, ya que eran sepultadas en el coro.

Las fuentes de ingresos con que contaban los conventos variaban según el tipo de orden. Las mendicantes se sostenían de las limosnas recibidas, pues no exigían dote a las religiosas de nuevo ingreso ni poseían propiedades. El resto de las comunidades contaba con rentas generadas por el arrendamiento de fincas urbanas y el préstamo de capital. Gracias a dotes, donaciones o capellanías, las monjas reunían sumas que invertían en propiedades o prestaban a censo. Con ello se aseguraban un ingreso mensual que, por lo general, resultaba suficiente para alimentar a las religiosas y sufragar los gastos del templo.[ 3 ]

El modelo de vida religiosa y el esquema organizativo de las órdenes femeninas respondía a la economía, la sociedad, los requerimientos y la mentalidad de Antiguo Régimen. La sociedad de Antiguo Régimen estaba conformada por cuerpos. Se trata de sociedades incorporadas, donde los hombres establecían lazos que los ataban a otros individuos y al hacerlo pasaban a formar parte de una corporación. Ésta no sólo les proporcionaba identidad, sino que los representaba ante las instancias civiles y religiosas, además de solventar sus necesidades materiales y espirituales. Así, tanto a nivel institucional como en el plano de lo imaginario, el individuo sólo se reconocía como integrante de un cuerpo.

Cada corporación contaba con su propio gobierno y leyes, y se encargaba de vigilar el bien común, lo que incluía la organización de la policía (entendida como la preservación del orden), la justa repartición de bienes y, sobre todo, el cuidado de la salud espiritual de sus miembros.[ 4 ]

Las órdenes religiosas son comunidades típicas del mundo de Antiguo Régimen: en este ambiente nacieron y su esquema corresponde al modelo de sociedades integradas por corporaciones. Al profesar, las monjas contraían un vínculo indisoluble y se fusionaban de forma perpetua a su comunidad, comprometiéndose a sacrificar su voluntad y su libertad. Como parte de la Iglesia, los conventos contaban con sus propias instancias de gobierno, reglas y tribunales. Además, la corporación se encargaba de atender las necesidades temporales y espirituales de sus miembros. Pero también se preocupaba por la salvación de la sociedad en su conjunto; de ahí la importancia que se les confería.

En cambio, las órdenes chocaban con las exigencias, los postulados y la mentalidad liberal o "moderna". El modelo liberal centra su atención en el individuo y concibe una sociedad conformada por asociados; por ello considera que todos los hombres deben poseer los mismos derechos y ser juzgados por idénticos tribunales. Asimismo, parte del principio de que las instituciones políticas se erigen con el objeto de proteger los derechos del individuo, tales como la libertad o la propiedad. Para garantizar la libertad de pensamiento y de creencia defiende la necesidad de secularizar a la sociedad, pues postula que, para desarrollar su vida civil y satisfacer sus requerimientos materiales, el individuo no debe verse obligado a recurrir a instituciones religiosas. Es decir, defiende la idea de separación entre el ámbito temporal y el espiritual. Por ejemplo, considera que el sujeto no debería necesitar de la Iglesia para obtener un documento que certificara su nacimiento o matrimonio, o bien, para ser atendido en una institución hospitalaria o enterrado al momento de morir.

Al consumarse la independencia mexicana, la elite política e intelectual se propuso modernizar a la nación y moldearla con base en el ideario liberal. Con ello entró en conflicto con las corporaciones existentes, principalmente con la Iglesia y las ramas que la integraban. La pugna tomó diferentes matices. Por ejemplo, la implementación del principio de igualdad jurídica y la modelación de una sociedad conformada por individuos exigía terminar con las leyes privativas y los tribunales especiales. O bien, al buscar erradicar todo lazo que mermara la libertad individual, se creyó que el compromiso que los religiosos adquirían con sus comunidades era uno de ellos y se consideró necesario suprimir la existencia de las órdenes monásticas.

También se encuentran motivos de conflicto en la idea que los liberales tenían de la economía, así como en los intereses económicos. Por ejemplo, se pensaba que el individuo debía ser útil a la sociedad. Una vez que se abandonó la idea de que la salvación espiritual de los miembros de la comunidad era responsabilidad de todos y, por tanto, la existencia de las órdenes podía redundar en el bien común, los hombres que adoptaron las ideas del liberalismo económico vieron a los conventos como improductivos. Es más, empezaron a considerarlos como una carga, pues la actividad de las monjas no era redituable económicamente ni los conventos cumplían una función social. Si a esto se suma al hecho de que su supresión representaría al Estado la posibilidad de apoderarse de los bienes conventuales y con ello aliviar la crisis hacendaria, tenemos otro motivo que explica el ataque a las comunidades monásticas.

Por todo lo anterior, a lo largo del siglo XIX se expidieron medidas que afectaban los bienes o amenazaban la existencia de las órdenes religiosas. En el caso de las comunidades femeninas, estas leyes pueden agruparse en dos grupos. En primer lugar, las que atentaron contra su economía. Este tipo de medidas comenzó a concretarse en 1804 con la Ley de Consolidación de Vales Reales y llegaron a la cumbre en 1859 con la Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos, pasando por la exigencia de contribuciones forzosas o por medidas como la desamortización. Un segundo grupo de leyes, que tiene sus antecedentes en 1833 pero que arranca abiertamente en 1859, se propuso la supresión de las comunidades religiosas femeninas, empezando con la prohibición del ingreso de novicias y culminando con las leyes de exclaustración.

En este trabajo nos proponemos rastrear la aplicación de estas leyes sobre las comunidades de monjas, así como el destino de las órdenes religiosas tras la exclaustración. Para ello nos basamos en el caso de las monjas que pertenecían a la orden dominica y que habitaban el convento de Santa Catalina de Siena.[ 5 ]

Santa Catalina de Siena

El convento de Santa Catalina de Siena fue fundado en 1593 por un grupo de dominicas procedentes de Oaxaca. Promovieron la fundación tres hermanas, conocidas con el nombre de las Phelipas, quienes donaron su casa como sede y entregaron sus haciendas para la manutención de las religiosas.

La comunidad dependía de la rama masculina de la orden dominica, por lo que la vida conventual era supervisada por el provincial. Al frente de la comunidad estaba la priora, elegida por votación cada tres años. Era auxiliada por un consejo, integrado por doce religiosas. El organismo se reunía periódicamente para ventilar cuestiones económicas, evaluar la admisión de novicias y nombrar a quienes habrían de desempeñar cargos dentro de la comunidad. Las resoluciones se tomaban por votación, la cual, a partir del año de 1835, se efectuó en forma secreta.[ 6 ]

En el periodo virreinal, las dominicas no observaban vida comunitaria, pues cada monja poseía una "pequeña casita" que compartía con niñas y criadas. Mensualmente se les entregaba una cantidad de dinero para comprar alimentos y pagar el salario de su sirvienta. A fines del siglo XVIII, el Papa dispuso que los conventos abandonaran la vida particular, pero documentos del siglo XIX indican que las dominicas no acataron sus órdenes.[ 7 Las religiosas pasaban la mayor parte del día en el coro, consagradas a la oración. El resto del tiempo transcurría en la sala de labor, donde elaboraban objetos para la sacristía. También se ocuparon de la educación de las niñas que vivían dentro del convento.

En la época colonial, Santa Catalina de Siena estaba habitado por cuarenta o cincuenta religiosas, pero el número fue disminuyendo gradualmente a lo largo del siglo XIX. Esto se explica por una reducción en el ingreso de novicias y por tanto en el número de profesiones. Por ejemplo, si en la década 1810-1820 profesaron catorce religiosas, en la siguiente sólo profesaron seis.[ 8 ]

PROFESIONES A LO LARGO DEL SIGLO XIX[ 9 ]

1809-4

1819-1

1829-1

1839-0

1849-1

1810-3

1820-2

1830-1

1840-0

1850-2

1811-2

1821-0

1831-5

1841-0

1851-0

1812-1

1822-0

1832-0

1842-1

1852-0

1813-4

1823-0

1833-1

1843-1

1853-0

1814-0

1824-0

1834-0

1844-1

1854-4

1815-1

1825-0

1835-0

1845-2

1816-1

1826-1

1836-1

1846-0

1817-0

1827-0

1837-0

1847-0

1818-0

1828-2

1838-1

1848-0

Llegó un momento en que el ritmo de defunciones superó el número de ingresos. Para ejemplificar este problema podemos recurrir a las cifras del periodo que corre entre 1809 y 1864, en que ingresaron 43 profesas y murieron 76 religiosas. Así, si en 1826 ocupaban el edificio 50 monjas,[ 10 ] hacia 1840 sólo eran 40, en 1857 el número se había reducido a 29, en 1861 a 25 y durante la exclaustración solamente quedaban 20.[ 11 ]

Al morir, las religiosas eran enterradas en el coro de la iglesia. En 1833, las autoridades civiles prohibieron la exhumación dentro de los templos; sin embargo, al igual que las otras medidas reformistas, la ley fue derogada.[ 12 Hasta la exclaustración, las dominicas fueron enterradas al interior del coro.[ 13 ]

Medidas que afectaron la economía conventual

Santa Catalina no fue uno de los conventos más prósperos de la Nueva España, pero gozaba de una economía estable. Sus ingresos derivaban fundamentalmente de las dotes o legados aportados por las religiosas.[ 14 El capital era invertido en fincas urbanas, que se destinaban al arrendamiento, o bien, era prestado a censo. Trataremos en primer lugar la actividad de las monjas como rentistas. A lo largo de 109 años, el convento de Santa Catalina adquirió 89 casas urbanas y el arrendamiento se convirtió en su principal actividad económica. Las personas interesadas en rentar una finca debían presentar un fiador y comprometerse a conservar la propiedad en buen estado. Los arrendatarios no podían subarrendar ni hacer mejoras a la casa sin consentimiento del convento. Los contratos podían acordarse por varios años y en ellos se fijaba la renta mensual.[ 15 ]

Por otro lado, las dominicas poseían dinero impuesto sobre fincas urbanas o rurales, que les producía alrededor del 6% anual. En 1844, Santa Catalina de Siena en México y Oaxaca valuaron su capital en 68 296 pesos, calculando sus réditos en 2 525 pesos anuales. Todo ello les reportaba considerables ingresos. Por ejemplo, entre 1807 y 1811 el convento recibía 179 861 pesos quinquenales, es decir, 34 172.20 anuales y 2 847.68 mensuales.[ 16 ]

Los asuntos económicos de la comunidad eran manejados por un mayordomo o procurador, quien era elegido por las monjas y ratificado por el provincial de la orden. Hacia 1830, las autoridades civiles prohibieron que este cargo fuera ocupado por religiosos, por lo que los conventos debían contar con un seglar que se encargara de los asuntos que requirieran poder público y legal.[ 17 ]

Antes de ocupar su cargo, el mayordomo presentaba dos fiadores, que respondían por 3 000 pesos. Al tomar posesión firmaba un documento donde se especificaban sus obligaciones: reclamar los capitales vencidos o encargarse de las redenciones voluntarias; cobrar los réditos mensuales; recaudar la renta de las fincas urbanas y tratar contratos de arrendamiento. Asimismo debía promover y agitar demandas y juicios relacionados con los negocios del convento. Por último tenía que visitar las fincas para determinar si necesitaban alguna reparación, frecuentar las bodegas de material para asegurarse que estuvieran adecuadamente provistas y familiarizarse con los trabajadores.

En el documento también se detallaba el procedimiento de trabajo. Anualmente, el procurador tenía que entregar el estado de los arrendamientos, incluyendo casas solas, viviendas, cuartos y accesorias en vecindades. Cada cuatro meses debía elaborar una relación de los inquilinos que habitaban las fincas y mensualmente entregar cuentas de las sumas recibidas, gastadas o entregadas. Cada semana tenía que presentarse en la reja de la contaduría para entregar el dinero recaudado, de suerte que nunca quedara en la calle "cantidad de consideración".[ 18 Debía consultar al consejo antes de comprar, gravar o vender fincas, imponer o recibir dinero a rédito en nombre del convento. Asimismo debía obtener su autorización antes de establecer cuotas de arrendamiento, aceptar contratos de subarrendamiento, traspasar contratos, alquilar a una sola persona casas de vecindad o acordar mejoras a la propiedad por cuenta del convento.

Además del salario, el mayordomo recibía el 5% del dinero recaudado por arrendamientos, pero no se le entregaba un porcentaje sobre los capitales redimidos ni los intereses recaudados. En ocasiones, también se le otorgaba una casa habitación. Por ejemplo, en 1834, las monjas consideraron que, "por estar en el día las cosas tan volteadas, los inquilinos tan renuentes para pagar, las monedas de cobre tan extendidas, que no es todo uno contar cien pesos en plata que contarlos en cobre", el procurador merecía un aumento de sueldo y el perdón de los nueve pesos mensuales que pagaba al convento como renta por su vivienda.[ 19 ]

El mayordomo entregaba las cuentas y comprobantes a la contadora, quien se encargaba de la vida material del convento, es decir, disponía los gastos mensuales. Repartía a las religiosas lo necesario para sus gastos; por ejemplo, en 1830 tocaron dieciocho pesos a cada una. Asimismo disponía de los gastos comunitarios, reparaciones del templo, celebraciones religiosas o las erogaciones relacionadas con la defunción de las monjas.[ 20 Utilizaba dos libros de cuentas: el Libro por Mayor, donde asentaba los movimientos mensuales, y el Libro por Menor, donde registraba los gastos diarios. Tres veces al año debía presentarse ante el consejo para rendir cuenta de los gastos. El dinero que sobraba se guardaba en el Arca de Tres Llaves, que quedaba bajo el control de la priora. Cuando el arca contenía una cantidad importante, el consejo deliberaba sobre la posibilidad de nuevas inversiones.

Las dificultades económicas de las dominicas iniciaron con el nuevo siglo y se acentuaron al paso del tiempo. Respondieron, en primer lugar, a los constantes "préstamos" que les exigían autoridades civiles y eclesiásticas, y se agravaron como resultado de la crisis económica que atravesó el país a raíz de la independencia. Las contribuciones al monarca español comenzaron en 1804, con la Ley de Consolidación de Vales Reales. La Corona obligó a los conventos a entregar el dinero que tenían en el arca, el producto de la venta de sus propiedades y las escrituras de los capitales. A cambio de ello recibirían 3% anual sobre el dinero recibido. Por falta de compradores, las propiedades conventuales no se vendieron, pero las monjas perdieron gran parte de sus capitales. En esta ocasión, Santa Catalina logró salvar una parte de sus fondos, pues argumentó que la necesitaba para reparar su edificio.[ 21 ]

El problema económico de las monjas creció al consumarse la independencia. A causa de la crisis económica por la que atravesaba la nueva república, los deudores no podían redimir su deuda y, al igual que los inquilinos, se atrasaban en los pagos. La situación llegó a extremos tales que, a mediados de siglo, las monjas perdonaban los réditos vencidos a cambio de la redención del capital.[ 22 ]

Al decrecer los ingresos conventuales, las monjas se quedaron sin recursos para reparar los deterioros en sus fincas y debieron bajar la cuota de arrendamiento. Con ello sus rentas disminuyeron aún más.[ 23 Al paso del tiempo, algunos inquilinos dejaron de pagar e incluso levantaron demandas exigiendo los arreglos necesarios.[ 24 Además, el convento tuvo que vender fincas deterioradas, pues se exponía a que el gobierno decidiera derrumbarlas y con ello perder definitivamente la propiedad.[ 25 ]

La situación empeoró a partir de 1830, cuando el gobierno comenzó a solicitar préstamos forzosos a la Iglesia. Para cubrir los préstamos, la mitra asignaba cuotas a sus corporaciones. En 1834, bajo pretexto de pugnar porque los conventos conservaran sus propiedades y las comunidades religiosas siguieran gozando de sus intereses, el gobierno solicitó a la Iglesia un cuantioso préstamo y ésta asignó a Santa Catalina 100 pesos mensuales.[ 26 Posteriormente, en 1841, se exigió a las dominicas una aportación anual fija sobre el valor de sus fincas.[ 27 Esto no las eximió de las cuotas extras; en 1838 se les asignaron 1 000 pesos y 4 000 en 1842.[ 28 ]

Conscientes de que no recuperarían el dinero prestado primero a la Corona o al Consulado de México y más tarde a los gobiernos republicanos, las monjas optaron por vender los vales. Así, en 1832 y en 1839, decidieron liquidar los recibos de préstamos y contribuciones.[ 29 Estas ventas ocasionaron grandes pérdidas económicas, pues si en 1839 poseían vales por un valor de 59 170 pesos con 5 reales, al rematarlos recuperaron únicamente 14 700 pesos.[ 30 ]

A consecuencia de la guerra con Estados Unidos, las exigencias del gobierno alcanzaron mayores niveles. Entre 1846 y 1847, Santa Catalina tuvo que aportar 55 800 pesos;[ 31 esta cantidad se sumaba a las entregas mensuales del 3/1 000 sobre el valor de sus fincas.[ 32 Hacia 1858, para sostener la guerra que los conservadores libraban contra los liberales, la Iglesia aportó 1 500 000 pesos al gobierno de Zuloaga. En esa ocasión, el convento debió entregar al arzobispado 46 795 pesos, cantidad que se distribuyó en cinco pagos.[ 33 Meses después se exigió a Santa Catalina otros 21 836 pesos[ 34 y, poco antes de perder la guerra, el gobierno conservador suplicó a las religiosas que entregaran sus alhajas y objetos de plata.[ 35 Finalmente, en julio de 1860, la mitra pidió a todas las corporaciones un auxilio monetario para Pío IX, asignando a las dominicas 4 000 pesos, que podían entregar en pagos mensuales.[ 36 ]

En ocasiones, alegando la pobreza del convento, las dominicas lograron reducir las cuotas. Por ejemplo, en mayo de 1847 lograron aminorar a menos de la tercera parte la exigencia de 54 000 pesos y en 1860 obtuvieron del arzobispado la reducción de la cuota destinada al "alivio" de las dificultades del papa.[ 37 Sin embargo, por lo general, se vieron obligadas a entregar la cantidad que les había sido señalada. Algunas aportaciones se sacaron del arca,[ 38 pero para cubrir los pagos de 1842, 1846, 1847 y 1858 las monjas debieron vender propiedades, redimir censos o entregar al gobierno las escrituras de las hipotecas vencidas.[ 39 Además, en otras ocasiones, como en 1838, el convento tuvo que solicitar préstamos.[ 40 ]

Al vender propiedades disminuían los ingresos por arrendamiento y con ello decaía aún más la economía conventual.[ 41 Por todo esto, Santa Catalina fue endeudándose gradualmente. En 1848 tuvo que recurrir a un préstamo de la Cofradía del Rosario y, en 1859, días antes de la nacionalización de los bienes eclesiásticos, intentaba encontrar la forma de pagar 15 000 pesos a otro prestamista.[ 42 Hacia mediados de siglo, las religiosas se vieron incluso obligadas a vender imágenes, lámparas y piezas de plata, pues sólo así podrían pagar deudas o reunir capital para acrecentar sus ingresos mensuales.[ 43 ]

El poco dinero que reunían prefirieron invertirlo en fincas y no en préstamos, pues, debido a la crisis económica, los deudores se atrasaban en los pagos. Las monjas se volvieron sumamente renuentes para acordar nuevos préstamos, aun cuando se tratara de pagos de dote. Por ejemplo, la novicia sor María Guadalupe de Nuestra Señora de Santa Catalina entregó la mitad de su dote en efectivo, pero la otra mitad debía aportarla el señor Pérez Palacios, quien ofrecía 1 000 pesos en ese momento y el resto tres meses después. A pesar de que demostraba tener un capital de 500 000 pesos, las monjas le exigieron la suma total antes de celebrar la profesión.[ 44 ]

Así, si durante la época colonial la principal actividad conventual había sido el crédito, ahora su mayor fuente de ingresos provenía de fincas urbanas. Las comunidades lucharon por conservar sus bienes e incluso intentaron adquirir nuevas casas. Gracias a este esfuerzo su número de propiedades no disminuyó considerablemente y, a mediados de siglo, Santa Catalina era dueña de 78 fincas, con un valor de 454 480 pesos.[ 45 ]

La situación cambió radicalmente con la Ley de Desamortización de Fincas Rústicas y Urbanas, decretada en junio de 1856. La medida exigía a las monjas poner en venta todas sus propiedades, permitiéndoles conservar exclusivamente su edificio conventual.[ 46 Sin embargo, hasta 1859, año en que se decretó la nacionalización de los bienes eclesiásticos, la comunidad conservaba la mayor parte de sus fincas.[ 47 Santa Catalina poseía alrededor de 70 casas, por lo que sólo había perdido 9 de ellas. De estas propiedades 51 fincas, con un valor de 285 122 pesos, pasaron a propiedad de la nación.[ 48 ]

Al perder las casas habitación, las monjas se vieron privadas de las rentas y, por tanto, de su principal fuente de ingresos. Por ello, las autoridades civiles se comprometieron a entregarles una cuota mensual, que debía bastar para los gastos del convento y del templo. Además se comprometieron a entregar a las religiosas la dote que habían aportado al momento de profesar. Sin embargo, dado que no contaba con el dinero necesario para cumplir con estos pagos, el gobierno traspasó la deuda a los compradores de bienes nacionalizados, quienes tenían posibilidad de reconocer una parte del valor de la propiedad a favor de las monjas y pagarla en plazos mensuales. Así, los ingresos conventuales pasaron a depender de particulares, que no siempre cumplieron con su compromiso.

Poco después, como consecuencia de la exclaustración, las dominicas perdieron incluso su convento, con lo que inicia una nueva etapa en la vida de las monjas.

La transformación de la vida conventual a raíz de las leyes antieclesiásticas

Durante el periodo virreinal, si un religioso deseaba abandonar su comunidad, las autoridades civiles intervenían para forzarlo a respetar sus votos. La primera medida que se dirigió a los conventos femeninos fue decretada en 1833 y pretendía abolir esta coacción; es decir, el gobierno se abstenía de intervenir en el cumplimiento del compromiso que las monjas contraían con su orden.[ 49 Con la misma intención de convertir al Estado en el garante y protector de la libertad del individuo, y considerando los votos religiosos como un compromiso que la mermaba, funcionarios gubernamentales visitaron los conventos para preguntar a las religiosas si deseaban permanecer en ellos y ofrecerles protección en caso contrario. Sin embargo, las comunidades renovaron masivamente sus votos. Más tarde, en 1854, la coacción civil fue nuevamente restablecida, aunque esta medida se derogó en 1856.

Una vez abolida la coacción civil sobre el cumplimiento de los votos monásticos se dio un nuevo paso y se buscó impedir que nuevas mujeres contrajeran lazos. En julio de 1859 se prohibió la existencia de órdenes masculinas pero no femeninas, vetándose tan sólo el ingreso de novicias. Es decir, se permitía a las monjas concluir su vida dentro del convento pero, a la larga, se decretaba el fin de las comunidades, pues, al no ingresar nuevas religiosas, los grupos tenderían a desaparecer.[ 50 ¿Por qué no se prohibió en ese momento la existencia de órdenes femeninas? Esta decisión quizá respondió al hecho de que las monjas no tenían otro lugar dentro de la institución eclesiástica (los frailes pudieron integrarse al clero secular) y, en algunos casos, tampoco tenían un sitio donde refugiarse fuera del convento.

En el año de 1861 se decretó una nueva medida, que respetaba la idea anterior. Se decidió dejar a las monjas algunos edificios, pero reducir su número. En un proceso que se conoce con el nombre de "refundición", fue suprimida casi la mitad de las comunidades femeninas. Los edificios considerados como "superfluos" pasaron a propiedad de la nación y se concentró a las religiosas en las casas restantes.[ 51 Por ello, durante la noche del día 13 de febrero, las dominicas fueron trasladadas al convento de Santa Teresa la Nueva. Al respecto, conservamos el relato que sor María Guadalupe de San Lorenzo hizo a una de sus hermanas:

A media noche vinieron a sacarlas para llevarlas al convento del Señor de Santa Teresa, en los carros de la ambulancia donde todas espantadas iban rezando a gritos Magníficas, Misereres y cuanto se les ocurría, hendiendo los aires con cruces que hacían con la mano, pues no cabe duda que la atmósfera estaba impregnada de demonios.[ 52 ]

Como todo convento carmelita, Santa Teresa había sido construido para albergar un limitado número de religiosas y, dada la estrechez, se permitió a las dominicas regresar a su edificio. Las concepcionistas de Santa Inés, que también habían sido llevadas al convento carmelita, compartieron con las dominicas el edificio de Santa Catalina de Siena.[ 53 ]

Finalmente, en 1863 se prohibió la existencia de comunidades religiosas femeninas, por lo que dominicas y concepcionistas fueron obligadas a abandonar Santa Catalina. Según la nueva ley, las monjas exclaustradas debían regresar a la casa paterna; de no contar con familiares, podían dirigirse a los establecimientos de las Hermanas de la Caridad.[ 54 ]

En el bando emitido el 24 de octubre de 1861, el templo de Santa Catalina se designó como uno de los recintos abiertos al culto.[ 55 A pesar de la nacionalización, las dominicas obtuvieron permiso del gobierno para atender su iglesia; seguramente muchas de ellas actuaban como sor María Rosario de San Vicente, que "nunca salía a la calle sino era en coche y sólo para venir a su Iglesia cada año a vestir a Nuestro Amado Padre el Señor del Reboso".[ 56 ]

Durante la Intervención Francesa y el Segundo Imperio, las monjas regresaron a su convento y el consejo celebró sesiones periódicas. Sin embargo, tras el triunfo republicano, fueron nuevamente expulsadas de sus edificios.

Las órdenes religiosas femeninas a partir de la exclaustración

Las religiosas quedaron obligadas a vivir separadas y como Dios las ayudara. Éste fue el tiempo en que cada una dio a conocer lo que era y cada quien según su fervor usaba de más o menos libertad, pues ya no les quedaba de más vigilancia que la de la conciencia de cada una y según lo permitían las circunstancias se entregaban más o menos al cumplimiento de las leyes que habían profesado.[ 57 ]

Aun cuando estaba prohibido que cohabitaran más de dos monjas, sabemos que algunas siguieron viviendo juntas y observando la vida religiosa. Periódicamente, representantes de las autoridades gubernamentales se presentaban a las casas ocupadas por religiosas con el fin de disolver las comunidades. Las medidas generalmente iban precedidas de denuncias publicadas en la prensa, que despertaban malestar en la opinión pública. Por ejemplo, apunta Anne Staples que en 1869 las quejas llegaron hasta la Cámara de Diputados, donde fue aprobada una proposición de dos de sus miembros, Tovar y García Brito, quienes exigían al ministro de Gobernación que informara si sabía de señoras enclaustradas que estuvieran viviendo en comunidad y, en caso afirmativo, expusiera las medidas tomadas para evitarlo. Presionado por este tipo de denuncias, en 1871 Tiburcio Montiel, quien era gobernador del Distrito Federal, dirigió una campaña de exclaustración.[ 58 ]

Años después, en 1885, se expidió una circular con el fin de asegurar el respeto a la legislación reformista, incluida la prohibición de la existencia de órdenes monásticas. La medida responsabilizó a los gobernadores estatales del incumplimiento de las leyes antieclesiásticas, fijó sanciones para las autoridades subalternas que las infringieran y señaló a los funcionarios del orden judicial encargados de conocer las infracciones.[ 59 Cuatro años más tarde se repitió el llamado a los gobernadores de los estados con el fin de que impidieran la existencia de noviciados y comunidades religiosas.[ 60 ]

A pesar de la persecución, las dominicas lucharon por permanecer unidas. Apenas seis meses después de la exclaustración, en agosto de 1863, el consejo se reunió para elegir subpriora y maestra de novicias.[ 61 Las religiosas observaban las constituciones de la orden intentando no llamar la atención del gobierno ni de la prensa, por lo que, entre otras cosas, el consejo se reunía "sin previa citación ni a son de campanas", pues el estado de exclaustración les impedía toda "ceremonia exterior".[ 62 ]

Durante los primeros años de exclaustración, los dominicos siguieron asistiéndolas "en lo temporal y en lo espiritual"; sin embargo, alrededor de 1870, el papa dispuso que pasaran a la jurisdicción del arzobispo.[ 63 Las monjas dirigieron numerosas misivas en las cuales solicitaban su regreso a la jurisdicción regular. En una de ellas, la priora describió su situación de la siguiente manera:

estos males tan grandes se habían disminuido en gran manera por el cuidado, la asistencia y paternal solicitud de nuestro respetable prelado vicario general y la de los demás religiosos de nuestra sagrada orden. [...] Pues este consuelo inestimable que dulcificaba nuestros padecimientos: este apoyo que nos sostenía en nuestras penas y tribulaciones, se nos ha quitado repentinamente, dejándonos sumergidas en el más profundo pesar y desolación.[ 64 ]

Suplicó al general de la orden dominica que convenciera al pontífice de "revocar esa sentencia de muerte que ha fulminado contra unas desgraciadas religiosas, que están sufriendo toda clase de penas y trabajos", y las dejara permanecer bajo la dirección del orden dominicano, cuyos padres conocían perfectamente su regla y constituciones. El general les aconsejó acudir al arzobispo de México y someterse a su dirección, por lo que las monjas pasaron a la dirección del arzobispado.

Junto con estos problemas, las dominicas enfrentaban una seria crisis económica. Hacia 1872, los réditos de las dotes "no alcanzaban ni para alimentos", por lo cual el consejo decidió vender las alhajas que aún conservaban.[ 65 Las necesidades económicas eran tan apremiantes que su procurador, que ocupaba el cargo desde 1866, se veía obligado a poner de su propio dinero con el fin de cubrir los gastos.[ 66 ]

Además, las dominicas veían cómo se iba extinguiendo poco a poco su comunidad. Si en el momento de la exclaustración vivían veinte religiosas, en 1871 sólo quedaban doce, pues siete de ellas habían muerto y una había pedido dispensa de votos para contraer matrimonio.[ 67 Un año después, en 1872, la comunidad sólo estaba integrada por diez miembros,[ 68 en 1883 por cinco[ 69 ] y en 1890 únicamente por tres.[ 70 ]

A pesar de los obstáculos, las religiosas se esforzaban por no abandonar la vida comunitaria. En los primeros años habitaban una casa ubicada en la calle de Pila Seca; más tarde tuvieron que dispersarse, pero seguían funcionando como comunidad: asistían a un oratorio común y recibían dinero de los fondos comunes para pagar una moza, alimentarse y comprar chocolate. Además se esforzaban por observar puntualmente la regla y las constituciones de su orden, y guardaban los votos de obediencia, pobreza, castidad y clausura, pues nunca salían de su vivienda si no era para asistir al templo de Santa Catalina.[ 71 ]

La casa de Pila Seca se arrendaba por 42 pesos mensuales, lo que constituía el ingreso principal de las religiosas. Pero sus gastos sobrepasaban esta suma. Debían pagar la renta de la casa que habitaba cada una de ellas y los sueldos de los sirvientes, pues se tenía contratada una moza para cada religiosa, una criada para la sacristía y un mozo "para los mandados de la comunidad". Además debían sufragar los gastos de alimentación y los dos pesos extras que cada monja recibía para comprar chocolate. Asimismo se compraban objetos de uso cotidiano, como estampillas para los recibos, papel para escribir y medicinas. Por último, dentro de una de las casas poseían un oratorio donde celebraban misas y debían sufragar los gastos del culto, así como sostener su antigua iglesia.[ 72 ]

En las décadas siguientes a la exclaustración las dominicas enfrentaron la persecución gubernamental, problemas respecto a su jurisdicción, crisis económica y, sobre todo, la amenaza de presenciar la extinción de su comunidad.

La recuperación de la orden dominica

A lo largo de estos años, las dominicas realizaron continuos esfuerzos con el fin de restaurar su orden, para lo cual necesitaban celebrar nuevas profesiones. En 1895 recibieron una carta del visitador fray Domingo Martínez, quien les recomendó buscar una casa para reunirse y abrir el noviciado. Adquirieron una finca en la calle de Cerbatana, propiedad contigua a su antiguo templo y que por tanto podía comunicarse con la iglesia de Santa Catalina de Siena.[ 73 Tan pronto como terminaron los arreglos, las tres dominicas pasaron a habitar su nueva propiedad. Con ellas vivían tres señoritas en calidad de postulantes. Una de ellas, Regina Pérez, había vivido con la priora sor Mariana de la Trinidad desde el año de 1879, en espera de la oportunidad de profesar.[ 74 ]

La atracción y la selección de nuevas novicias no fue tarea sencilla. Al abrirse el noviciado se presentaron dos postulantes, pero ninguna fue aceptada, pues la primera "ya era grande" y la segunda "estaba mala del cerebro, tenía histeria".[ 75 Sin embargo, poco después llegaron de Puebla dos jóvenes deseosas de ingresar y más tarde se les unieron algunas señoritas de la ciudad.[ 76 ]

Paralelamente, las dominicas realizaban los trámites necesarios para obtener el permiso para admitir formalmente a las novicias y celebrar profesiones. Con este motivo, la priora sor Plácida de Jesús María y José envió dos cartas al general de la orden. Como respuesta obtuvo la recomendación de dirigir la petición a la Santa Sede, respaldada con una misiva del arzobispado.[ 77 Sin embargo, el arzobispo no las apoyó, pues consideraba que la avanzada edad de las dominicas no les permitía formar adecuadamente a las novicias.[ 78 ]

En 1896 murió la priora y la sustituyó sor María del Rosario de San Vicente. En ese momento vivían tan sólo dos dominicas. Su desesperación crecía, pues algunas de las postulantes, ante la incapacidad de profesar, regresaron con su familia o ingresaron a otras comunidades. El problema llegó a oídos de una superiora de la orden carmelita, que ofreció prestar a dos de sus religiosas para que las ayudaran en la formación de las novicias. El arzobispo estuvo de acuerdo pero el vicario general de los dominicos, prefiriendo que la formación corriera a cargo de monjas de la orden, solicitó ayuda a los conventos de provincia. Primero pidió religiosas a las comunidades de Morelia y Puebla, que se negaron por no contar con suficiente personal; finalmente obtuvo ayuda de un convento poblano, el de Santa Rosa.[ 79 En marzo de 1897 llegaron a la ciudad las tres poblanas y el noviciado abrió sus puertas.[ 80 ]

A partir de ese momento, la orden comenzó a recuperarse, pues pronto se celebraron las primeras profesiones.[ 81 Las primeras en ingresar fueron las tres señoritas que, en calidad de postulantes, habían vivido muchos años con las dominicas,[ 82 y en 1899 profesó la cuarta religiosa.[ 83 Así, para 1900, fecha en que fue elegida como priora María del Rosario de Nuestro Padre Santo Domingo, la comunidad contaba con seis miembros.[ 84 ]

En 1906, el convento de Santa Rosa de Puebla exigió el retorno de las religiosas que habían partido a México, por lo que las dominicas debieron elegir a una nueva priora. Resultó electa sor María Catalina Josefa de la Pasión. A partir de 1907, el consejo volvió a reunirse; en esta nueva época generalmente se deliberaba en las sesiones acerca de las candidatas a novicias. En 1909 fue electa priora sor María Luisa y en 1912 sor María Guadalupe.

Mientras tanto seguían registrándose nuevos ingresos. Entre 1902 y 1908 profesaron diez religiosas[ 85 y en los dos años siguientes otras once.[ 86 Así, en el año de 1913 ocupaban la casa 28 dominicas, casi las mismas que ocuparon el convento de Santa Catalina antes de las leyes de exclaustración.[ 87 ]

También la situación económica comenzó a mejorar. Podemos afirmar que, gracias a donativos, a fines de siglo las monjas habían logrado reunir un nuevo capital. Ignoramos la procedencia de los legados pero sabemos que, por ejemplo, en 1872 la señora María Ignacia Caballero donó 25 pesos a cada dominica exclaustrada, 4 000 pesos a sor Guadalupe de San Lorenzo Becerra y 6 000 pesos a sor Francisca de San Juan Bautista, ambas pertenecientes a la comunidad.[ 88 Las dominicas también habían reunido una pequeña suma gracias a la dote aportada por las profesas. En esa época ya no se exigían 4 000 pesos y la suma variaba según las posibilidades de cada novicia. Por ejemplo, las que profesaron en 1887 aportaron un total de 14 000 pesos.[ 89 Así, en 1887 la comunidad poseía aproximadamente 64 900 pesos que les producían 1 230 mensuales, que les bastaban para sufragar sus gastos.[ 90 En 1895 adquirieron una casa que les costó 9 000 pesos y que había formado parte del convento de Santa Catalina, pero que después de la nacionalización había pasado a particulares.[ 91 Sabemos que en septiembre de 1910 recibieron un donativo de 100 000 pesos, que emplearon en reparar el oratorio.[ 92 Hacia 1911 poseían un capital de 61 866 pesos y podría decirse que gozaban de una situación económica estable.[ 93 ]

A pesar de que Porfirio Díaz no aplicó las leyes antieclesiásticas, tampoco las derogó, y el miedo a la persecución no se había disipado por completo. Se suscitaban episodios aislados que despertaban el temor a una nueva exclaustración. Por ejemplo, en agosto de 1908 una joven escapó de su casa para ingresar a una comunidad religiosa, lo cual suscitó un escándalo público. Sospechando que la policía podía presentarse para efectuar un cateo, las dominicas abandonaron su casa y se refugiaron durante algunos días en el domicilio del licenciado Rafael Ortega.[ 94 ]

Sin embargo, hasta 1914 las dominicas vivieron en comunidad sin ser molestadas por las autoridades gubernamentales. En esta fecha debieron enfrentar nuevamente la exclaustración, con lo cual inicia otra etapa en la historia de la comunidad de Santa Catalina de Siena.

Consideraciones finales

En el siglo XIX, el convento de Santa Catalina de Siena enfrentó dificultades económicas, problemas de jurisdicción y una seria disminución en el ingreso de novicias, lo cual amenazó incluso la existencia de la comunidad.

Todo ello se puede atribuir, sin duda, a la aplicación de la legislación antieclesiástica expedida por los gobiernos inspirados en el ideario liberal, pero también se deben considerar las condiciones y las exigencias de la época o, podríamos decir, de la sociedad moderna. Lo anterior resulta evidente al comparar la situación de las viejas órdenes con el estado de las congregaciones de vida activa.

Las congregaciones representan un nuevo esquema de vida religiosa. Las hermanas no juraban votos perpetuos sino que realizaban promesas que renovaban periódicamente. Además se trata de comunidades de vida activa, cuyos miembros se consagraban al cuidado de hospitales, a la atención de establecimientos de beneficencia y a la educación. Por último, su economía no dependía únicamente de las fuentes tradicionales, sino que se apoyaba en el trabajo de las religiosas.[ 95 ]

En la segunda mitad del siglo XIX, mientras las órdenes luchaban por sobrevivir, las congregaciones crecían a ritmo acelerado. Naturalmente estas comunidades, que nacieron prácticamente en el Porfiriato, se vieron menos afectadas por la legislación antieclesiástica y no sufrieron los efectos de la persecución. Pero además se ajustaban sobre todo a las condiciones del momento. Para ello daremos dos ejemplos. Debe considerarse, en primer lugar, la organización económica. Tras perder sus bienes, las órdenes intentaron restaurar su economía siguiendo el viejo esquema, es decir, adquiriendo propiedades urbanas con el fin de rentarlas. En cambio, las congregaciones combinaban esta posibilidad con el pago que recibían las hermanas por su trabajo en instituciones hospitalarias, asilos y escuelas sostenidas por fondos particulares o incluso gubernamentales. Además, las religiosas se mantenían con los recursos de los establecimientos que atendían, por lo que la congregación no tenía que pagar sus gastos. Así, tuvieron una fuente de ingresos mucho más variada y menos egresos, lo cual les permitió fundar una gran cantidad de casas y les brindó la posibilidad de reclutar a un mayor número de religiosas.

El segundo ejemplo podemos encontrarlo en el problema del ingreso de novicias y, por tanto, en el nivel de profesiones. Mientras que las dominicas luchaban por aumentar el tamaño de su comunidad, las congregaciones recibían numerosas solicitudes. Podemos pensar que, quizá, a las mujeres de la época les resultaba más atractivo el esquema que ofrecían las segundas, pues les permitían consagrarse a la vida religiosa sin apartarse del mundo y realizando una labor provechosa a los ojos de la sociedad moderna.

En síntesis, la debilidad de las órdenes religiosas en el siglo XIX se explica, en primer término, por la legislación antieclesiástica, que terminó con su economía y dificultó el ingreso de novicias. Sin embargo, habría también que considerar que estos grupos tenían pocas armas para enfrentarse a las condiciones de la época, pues su economía, su esquema organizativo y su oferta de vida apostólica se ajustaban al mundo de Antiguo Régimen, pero no a la sociedad, la economía y la mentalidad "modernas".

 

Fuentes consultadas

Archivos

Archivo General de la Nación, México, D. F.

Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena.


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 NOTAS

[ 1 ] Instituto de Investigaciones Históricas, Universidad Nacional Autónoma de México.

[ 2 ] Carta de la priora Plácida de Jesús María y José al general de los dominicos, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica.

[ 3 ] En relación con los conventos de monjas en la época colonial, véase Josefina Muriel, Conventos de monjas en la Nueva España, México, Santiago, 1946.

[ 4 ] Al respecto, véanse Annick Lempérière, "La cultura pública hispano-americana a finales del Antiguo Régimen", conferencia presentada dentro de la Cátedra Marcel Bataillon (auspiciada por el Centro de Estudios Históricos de El Colegio de México, el Instituto de Investigaciones Históricas de la Universidad Nacional Autónoma de México y el Centro Francés del Estudios Mexicanos y Centroamericanos). Para una relatoría del ciclo, véase Elisa Speckman, "La cultura pública hispano-americana a finales del Antiguo Régimen. Relatoría del ciclo impartido por Annick Lempérière", Históricas. Boletín del Instituto de Investigaciones Históricas, México, Universidad Nacional Autónoma de México, n. 49, mayo-agosto, 1997.

[ 5 ] Si bien la historiografía sobre los conventos de monjas en la época colonial es bastante rica, gracias sobre todo a las aportaciones de Josefina Muriel, existen pocos trabajos que aborden el destino de las órdenes religiosas en el siglo XIX. Al respecto contamos únicamente con los artículos de Asunción Lavrin, quien se preocupa por la situación económica de los conventos durante la primera mitad del siglo (Asunción Lavrin, "Problems and policies in the administration of nunneries in Mexico 1800-1835", The Americas, XXVIII (1), July, 1971, p. 57-77, y "Mexican nunneries from 1835 to 1860: their administrative policies and relations with the State", The Americas, XXVIII (1), January, 1972, p. 288-310), y con la tesis doctoral de Anne Staples, quien también aborda la cuestión económica, pero toca aspectos de la vida cotidiana de las monjas. Su estudio también se adscribe a las primeras décadas de vida independiente (1823-1853), sin llegar hasta la aplicación de la legislación reformista (Anne Staples, La cola del diablo en la vida conventual. Los conventos de monjas del Arzobispado de México, 1823-1835, tesis doctoral, México, El Colegio de México, 1971). Por tanto, no ha sido estudiado el impacto de la Reforma en los conventos femeninos ni su lucha por sobrevivir en los años siguientes a la exclaustración.

[ 6 ] Esta disposición se había dictado desde 1551, siendo papa León X. Sin embargo, se aplicó hasta 1835, un año después del capítulo provincial celebrado por los dominicos. El padre provincial pidió a las catalinas cumplir con la disposición y la priora lo anunció al consejo el día 3 de mayo de 1834. Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 7 Los grupos que durante la época colonial no observaron la vida comunitaria tampoco la practicaron en el siglo XIX. Indudablemente, la Reforma del XVIII tuvo un importante impacto sobre la vida conventual, pero sus efectos no fueron drásticos ni duraderos.

[ 8 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica.

[ 9 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Profesiones.

[ 10 ] Juan Bautista Arechederreta, Juan Bautista, "Noticia de los conventos del Arzobispado de México. Año de 1826", Boletín del Archivo General de la Nación, 3, 1953 (1826), p. 474-500, p. 498.

[ 11 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica, Libro de Consejo, n. 4, y Libro de Capitales. El dato sobre el número de religiosas en 1861 se sacó de Luis Alfaro y Piña, Relación descriptiva de la fundación, dedicación, etc., de las iglesias y conventos de México, con una reseña de la variación que han sufrido durante el gobierno de D. Benito Juárez, México, Tipografía de M. Villanueva, 1863, p. 110.

[ 12 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Índice del Archivo.

[ 13 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Defunciones.

[ 14 ] Cada religiosa aportaba una dote de cuatro mil pesos, que podía pagarse de diversas formas: liquidarse en efectivo, cubrirse con una finca del mismo valor, o bien, avalarse con una propiedad, pagando réditos mensuales hasta saldar la deuda. Existían dos tipos de hipoteca: general, cuando el deudor ofrecía todos sus bienes en garantía, y especial, cuando sólo señalaba una finca. Si se trataba de una hipoteca especial, el convento exigía que la propiedad se conservara en buen estado, estuviera libre de deudas y valiera al menos dos tantos más que la dote. Hasta redimir el capital, el deudor debía pagar réditos mensuales del 5% anual. En cuanto a los legados, nos referimos a la herencia de bienes, propiedad de las monjas, que pasaban al convento al morir la religiosa. "De las obligaciones que las reverendas madres contadoras del convento de Santa Catalina de Siena tienen y distribución de todo lo que se va haciendo y gastando en el año, dirigido por la actual contadora y secretaria en el año de 1833", Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena.

[ 15 ] Sesión del día 10 de septiembre de 1857, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 16 ] Asunción Lavrin, "Mexican nunneries from 1835 to 1860: their administrative policies and relations with the State", The Americas, XXVIII (1), January, 1972, p. 288-310.

[ 17 ] En el Archivo de Santa Catalina se conservaba un documento expedido por el presidente alrededor de 1830: "Orden del gobierno para que haya mayordomo seglar". Lamentablemente sólo aparece en el Índice; el original no se conserva y desconocemos la fecha de expedición. Posteriormente, el convento redactó una petición solicitando la permanencia del procurador religioso, pero tampoco se conserva el documento. Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Índice del Archivo. Poco después, el 21 de mayo de 1833, el reverendo padre fray Manuel Boniya fue elegido como mayordomo y don Agustín Reboyar como cobrador, encargado de los asuntos que requirieran autorización judicial y legal. Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 18 ] Sesiones del 5 de junio de 1833 y del 5 de agosto de 1840, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 19 ] Sesiones del 5 de junio de 1833 y del 5 de agosto de 1840, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 20 ] Por ejemplo, el día de la elección de la priora, la contadora debía comprar petates para todas las religiosas. Asimismo debía entregar a las monjas lo necesario para celebrar la Cuaresma y para elaborar los objetos que se utilizarían en el templo. Cuando una religiosa moría, debía organizar una misa en el Altar del Señor del Buen Despacho, enviar a la enfermera cuatro velas de cera para rodear el cuerpo durante el día y una de cebo para la noche, entregar dinero para la misa en el entierro, la misa en el Altar del Perdón y los gastos originados con las honras fúnebres. “De las obligaciones que las reverendas madres contadoras del convento de Santa Catalina de Siena tienen y distribución de todo lo que se va haciendo y gastando en el año, dirigido por la actual contadora y secretaria en el año de 1833", Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena.

[ 21 ] Asunción Lavrin, "Problems and policies in the administration of nunneries in Mexico 1800-1835", The Americas, XXVIII (1), July, 1971, p. 57-77.

[ 22 ] El Consulado de Veracruz pidió que se le perdonaran los réditos vencidos a cambio de liquidar los 2 000 pesos que debía al convento. Sesiones del 31 de julio de 1843 y 1 de abril de 1844, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 23 ] Asunción Lavrin, "Problems and policies in the administration of nunneries in Mexico 1800-1835", The Americas, XXVIII (1), July, 1971, p. 57-77.

[ 24 ] Sesión del 26 de enero de 1860, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 25 ] Por este motivo, en 1835 debieron vender dos casas "arruinadas" y un año después se deshicieron de otras dos fincas. Sesiones del 25 de octubre de 1835 y del 6 de octubre de 1845, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 26 ] El primer intento de reforma anticlerical data de 1833, bajo la vicepresidencia de Valentín Gómez Farías y el impulso de José María Luis Mora. El presidente Santa Anna destituyó a sus funcionarios y las medidas fueron derogadas. A cambio de ello, solicitó a la Iglesia este cuantioso préstamo.

[ 27 ] Anteriormente pagaban una cuota del 2/1 000 sobre el valor de sus fincas; la mitad debía pagarse en papeles para el subsidio de guerra y la otra mitad en efectivo. Sin embargo, la cuota aumentó a 3/1 000 y debía entregarse en efectivo, lo que resultaba en 513 pesos, 3 reales y 3 cuartillos cada cuatro meses o 154 pesos con 3 reales mensuales. Sesión del día 17 de mayo de 1841, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 28 ] Sesión del 20 de abril de 1842, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 29 ] Sesión de septiembre de 1832 y abril de 1839, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 30 ] Sesión del 16 de abril de 1839, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 31 ] En 1846, la mitra prestó al gobierno 850 000 pesos. En 1847 entregó 1 500 000 a Santa Anna, después de que el presidente destituyó nuevamente a Valentín Gómez Farías, quien había decretado la nacionalización de bienes eclesiásticos hasta un valor de 15 000 000 de pesos. Para juntar dichas cantidades, el 30 de junio de 1846 el vicario capitular señaló a Santa Catalina 831 pesos, 1 real y 1 grano al mes. El 22 de agosto del mismo año se les exigió entregar 1 800 pesos mensuales durante seis meses, o sea 10 800 pesos. En marzo de 1847 se les pidió 7 200 pesos y en marzo de 1847 se les demandaron 37 800 pesos en entregas mensuales de 900 pesos. Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 32 ] En abril de 1858 decidieron pedir un crédito al arzobispado para reunir la cuota mensual. Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 33 ] Las monjas debían entregar los dos primeros quintos el 1 de agosto de 1858, el tercer pago en octubre, el siguiente en diciembre y el último en febrero de 1859. Sesión del día 15 de julio de 1858, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 34 ] Para cubrirlos, Santa Catalina entregó una hipoteca vencida. Sesión del 6 de noviembre de 1858, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 35 ] Las monjas decidieron entregar algunas piezas; por mandato del padre provincial excluyeron vasos sagrados y relicarios. Sesión del 23 de agosto de 1860, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 36 ] Sesión del 24 de julio de 1860, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 37 ] En el primer caso, la cuota de 54 000 pesos se redujo a 14 000 y en el segundo a la mitad. Sesiones del 21 de mayo de 1847 y del 24 de julio de 1860, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 38 ] Por ejemplo, en 1841 las monjas tuvieron que sacar dinero del arca para reunir su aportación anual de 154 pesos y 3 reales. Sesión del 17 de mayo de 1841, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 39 Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo.

[ 40 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo.

[ 41 ] Existieron otras causas que orillaron a las monjas a deshacerse de sus propiedades. Por ejemplo, cuando en 1837 el gobierno amenazó con hipotecar los bienes conventuales para recibir el monto de las hipotecas, conscientes de que muchos inquilinos se negarían a pagar arrendamiento e incluso del peligro por el que atravesarían las fincas, las monjas optaron por vender algunas propiedades y asegurar sus gastos guardando dinero en efectivo. Sesión del 5 de julio de 1837, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 42 ] El 31 de mayo de 1848 se decidió aceptar el nuevo préstamo antes de tener que vender más fincas. El 14 de julio de 1859 se trató en el consejo la necesidad de arreglar el pago al señor Davidson, prestamista al que se le debían 15 000 pesos. Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 43 ] En 1847, abrumadas por los "préstamos" al gobierno, decidieron vender "toda la plata de la comunidad". Más tarde, el 14 de abril de 1858, votaron por vender las lámparas de la Purísima en doscientos pesos. Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 44 ] 4 de febrero de 1836, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 4.

[ 45 ] Luis Alfaro y Piña, Relación descriptiva de la fundación, dedicación, etc., de las iglesias y conventos de México, con una reseña de la variación que han sufrido durante el gobierno de D. Benito Juárez, México, Tipografía de M. Villanueva, 1863, p. 110.

[ 46 ] Ley de Desamortización de Fincas Rústicas y Urbanas Propiedad de Corporaciones Civiles y Religiosas, 26 de junio de 1856. Leyes de Reforma. Gobiernos de Ignacio Comonfort y Benito Juárez, 2a. ed., México, Empresas Editoriales, 1955 (El Liberalismo Mexicano en Pensamiento y Acción), p. 24-34.

[ 47 ] Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos, 12 de julio 1859. Leyes de Reforma. Gobiernos de Ignacio Comonfort y Benito Juárez, 2a. ed., México, Empresas Editoriales, 1955 (El Liberalismo Mexicano en Pensamiento y Acción), p. 101-108.

[ 48 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica.

[ 49 ] Decreto del 6 de noviembre de 1833. Blas José Gutiérrez, Leyes de Reforma. Colección de las disposiciones que se conocen con este nombre, publicadas desde el año de 1855 al de 1868, México, Imprenta del "Constitucional", 1868, t. II, p. 639-640.

[ 50 ] Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos, 12 de julio 1859. Leyes de Reforma. Gobiernos de Ignacio Comonfort y Benito Juárez, 2a. ed., México, Empresas Editoriales, 1955 (El Liberalismo Mexicano en Pensamiento y Acción), p. 101-108.

[ 51 ] Al iniciarse el año de 1861 existían en la ciudad de México veintidós conventos femeninos. En la circular emitida el 1 de febrero se mencionó por primera vez la idea de reducir el número de agrupaciones. Nueve comunidades fueron suprimidas, subsistiendo únicamente trece edificios. Circular del 1 de febrero de 1861, Archivo General de la Nación, Gobernación-Legajos, v. 1 153, exp. 4; Luis Labastida, Colección de leyes, decretos, reglamentos, circulares, órdenes y acuerdos relativos a la desamortización de los bienes de corporaciones civiles y religiosas y a la nacionalización de los que administraron las últimas..., México, Tipografía de la Oficina Impresora de Estampillas, 1893, p. 411; Ley del 5 de febrero. Luis Labastida, op. cit., p. 151-153.

[ 52 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica.

[ 53 ] Archivo General de la Nación, Gobernación-Legajos, v. 1 153, exp. 4, y Boletín de Noticias, t. 1, n. 56, martes 19 de febrero de 1861.

[ 54 ] Ley del 26 de febrero de 1861. Leyes de Reforma. Gobiernos de Ignacio Comonfort y Benito Juárez, 2a. ed., México, Empresas Editoriales, 1955 (El Liberalismo Mexicano en Pensamiento y Acción), p. 231-232.

[ 55 ] Bando de 24 de octubre de 1861. Archivo General de la Nación, Gobernación-Legajos, v. 1 403, exp. 1.

[ 56 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Defunciones.

[ 57 ] “Apuntes históricos de la comunidad de Santa Catalina de Siena", escritos por sor Ana María Joaquina, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena.

[ 58 ] Tomado de Anne Staples, "El Estado y la Iglesia en la República Restaurada", El dominio de las minorías, México, El Colegio de México, 1989, p. 15-53, p. 28-30.

[ 59 ] Circular de la Secretaría de Gobernación expedida el 27 de marzo de 1885, Anuario de Legislación y Jurisprudencia de la República Mexicana, 1885.

[ 60 ] Circular de la Secretaría de Gobernación expedida el 11 de septiembre de 1889, Anuario de Legislación y Jurisprudencia de la República Mexicana, 1889.

[ 61 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 5.

[ 62 ] Sesión del 18 de septiembre de 1872, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 5.

[ 63 ] El Papa dispuso que todas las religiosas del país, sujetas a los prelados regulares, pasaran por dos años a la jurisdicción de los obispos de sus lugares de residencia. Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica.

[ 64 ] Carta de la priora al general Vicente Jandel, que ocupó el cargo entre 1862 y 1874, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena.

[ 65 ] Sesión del 18 de septiembre de 1872, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 5.

[ 66 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica.

[ 67 ] Tres de ellas, que permanecieron en la comunidad hasta fines del siglo XIX o principios del XX, jugaron un papel muy importante en la restauración de la orden. La primera, sor Mariana de la Santísima Trinidad Castro, murió en 1896; sor María del Rosario de San Vicente Ferrer Frías en 1898, y la última, sor María Guadalupe de San Lorenzo Becerra, vivió hasta el año de 1913. Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Defunciones.

[ 68 ] Sesión del 18 de septiembre de 1872, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 5.

[ 69 ] Hoja de cuentas del año de 1883, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica.

[ 70 ] “Apuntes históricos de la comunidad de Santa Catalina de Siena", escritos por sor Ana María Joaquina, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena.

[ 71 ] Hoja de cuentas del año de 1883, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica.

[ 72 ] Hoja de cuentas del año de 1883, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica.

[ 73 ] El sobrino de la priora, Agustín Flores, realizó los trámites de compra y la escritura se puso a nombre del presbítero Luis Cruz, secretario de la sagrada mitra. A su muerte, la casa se puso a nombre de un padre inglés llamado Tomás Tuesth. Documentos de la notaría de Manuel Álvarez de la Cadena, y "Apuntes históricos de la comunidad de Santa Catalina de Siena", escritos por sor Ana María Joaquina, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena.

[ 74 ] Las otras dos postulantes eran Petra Vázquez y María de Jesús Juana Cruz. “Apuntes históricos de la comunidad de Santa Catalina de Siena", escritos por sor Ana María Joaquina, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena.

[ 75 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica.

[ 76 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica.

[ 77 ] Cartas de la priora sor Plácida de Jesús María y José al general de la orden, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica.

[ 78 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica, y "Apuntes históricos de la comunidad de Santa Catalina de Siena", escritos por sor Ana María Joaquina, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena.

[ 79 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica, y "Apuntes históricos de la comunidad de Santa Catalina de Siena", escritos por sor Ana María Joaquina, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena.

[ 80 ] El 23 de marzo de 1897, fray Secundino Martínez, vicario general, y fray Tomás Bujido viajaron a Puebla para acompañar a las religiosas sor Margarita del Corazón de María, sor María del Rosario de Nuestro Padre Santo Domingo y sor María Asunción de Santa Inés. Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 5.

[ 81 ] Para profesar, las postulantes debían demostrar ser hijas legítimas, es decir, ni naturales ni adoptivas. Asimismo, debían gozar de buena salud, poseer vocación y haber observado una irreprochable conducta. Las profesiones se celebraban "con mucha reserva y sin asistencia de parientes ni de extraños". Tampoco se repartían tarjetas de invitación ni se publicaba el anuncio en la prensa. Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Capitales.

[ 82 ] Sor Rosa de Santa María Josefa (Regina Pérez), sor María Catalina Josefa de la Pasión (Petra Vázquez) y sor María Concepción Amada de Jesús (María de Jesús Juana Cruz). Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica.

[ 83 ] Su nombre era sor María Luisa (Josefa Martínez Carrido Bustos) y había convivido con las dominicas desde 1897. “Apuntes históricos de la comunidad de Santa Catalina de Siena", escritos por sor Ana María Joaquina, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena.

[ 84 ] Habitaban el convento la priora sor María del Rosario y sor Margarita, quienes habían venido de Puebla. Junto a ellas vivían sor Rosa de Santa María, sor María Catalina de la Pasión, sor María Concepción y sor María Luisa. Habían profesado más religiosas, pero no todas ellas permanecieron en la comunidad. Es el caso de sor Imelda (Trinidad Burgos), que profesó en 1898 y que meses después abandonó el grupo. Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 5, y “Apuntes históricos de la comunidad de Santa Catalina de Siena", escritos por sor Ana María Joaquina, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena. O también es el caso de sor María Dolores de la Trinidad (Clara Pardo) y de sor María del Refugio del Señor San José (María de Jesús Ávila), quienes dejaron la comunidad en 1904 pues, según cuenta la cronista, a sor María Dolores "con la estrechez de la vida religiosa se le exaltaron las pasiones, se le hizo insoportable el yugo suave de la obediencia y arrastró en pos de sí a su compañera". Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 5.

[ 85 ] Al igual que había sucedido antes, no todas permanecieron en la comunidad. Algunas dejaron a las religiosas para ingresar en otros grupos religiosos. Un grupo partió en auxilio de las dominicas de Guadalajara. Asimismo, una profesa de Santa Catalina, sor María Rosa, viajó a California para después traer a México la Congregación de la Reina del Rosario y fundar la congregación dominica de Santo Tomás de Aquino. “Apuntes históricos de la comunidad de Santa Catalina de Siena", escritos por sor Ana María Joaquina, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena.

[ 86 ] Ingresaron sor Martina (Casimira Cadena), sor Rosa (Paula Pérez Perea), sor Cecilia (Juana Villanueva), sor Imelda (María Guerrero), sor Amada (María de Jesús Balcazar) y sor María del Rosario (María Mendizábal). En 1910 profesaron sor María del Santísimo Sacramento (Refugio Cardona), sor Margarita (Elisa Pérez y Blancas) y sor Emilia (Carmen del Pino). En 1911 se unió a la comunidad sor Esperanza (María de los Dolores González) y en 1912 hizo lo mismo sor Asunción (Angelina Bautista). Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Crónica.

[ 87 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Defunciones.

[ 88 ] Testamento de la señora María Ignacia Caballero, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena.

[ 89 ] Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Capitales.

[ 90 Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Capitales.

[ 91 El trámite quedó registrado en la notaría pública de Manuel Álvarez de la Cadena, quien había sido mayordomo de las monjas. Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Capitales, y documentos de la notaría pública de Manuel Álvarez de la Cadena, Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena.

[ 92 El donativo lo hizo la viuda de Lazo de la Vega. Las reparaciones se terminaron "con recursos de la comunidad". Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Consejo, n. 5.

[ 93 Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Capitales.

[ 94 Archivo del Convento de Santa Catalina de Siena, Libro de Capitales.

[ 95 ] Para congregaciones, véase Elisa Speckman, Congregaciones femeninas en la segunda mitad del siglo XIX, tesis de maestría, México, Universidad Nacional Autónoma de México, 1996, y de la misma autora “'No pedir ni rehusar nada...' Modernidad y economía en las congregaciones femeninas del siglo XIX", Tempus, n. 5, 1997.

Estudios de Historia Moderna y Contemporánea de México, Martha Beatriz Loyo (editora), México, Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Históricas, v. 18, 1998, p. 15-40.

https://historicas.unam.mx/moderna/ehmc/ehmc18/232.html

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